La reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC), que despenaliza las relaciones homosexuales dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, cayó como una bomba en instituciones donde la disciplina es ley y el silencio es cultura. El impacto fue tan profundo que las iglesias —tanto católica como evangélicas— no tardaron en sonar la campana, no para llamar al púlpito, sino para advertir del alcance de una sentencia que consideran riesgosa. Y es que no es para menos.
En una sociedad tan conservadora como la nuestra, donde la familia sigue siendo la zapata que sostiene lo poco que nos queda de estabilidad moral, este fallo prende todas las alarmas. Para nadie es un secreto que la llamada agenda progress lleva años intentando colarse por las rendijas del sistema, y hoy, con esta sentencia, parece haber encontrado un portón abierto en las más altas cortes del país, históricamente consideradas el último muro de contención para preservar ciertos principios que nos han definido como sociedad.
El recurso, presentado por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, logró tumbar el artículo 210 de la Ley 285 (Código de Justicia de la Policía) y el artículo 260 de la Ley 3483 (Código de Justicia Militar). En otras palabras, se elimina la sanción que por décadas castigó con prisión de 6 meses a un año a quienes quebrantaran la prohibición de relaciones sexuales entre personas del mismo sexo dentro de cuerpos castrenses. Esto, en instituciones donde la obediencia es la norma y la vida privada siempre ha tenido límites estrictos.
El mundo cambia, sí, y con él sus instituciones. Pero la pregunta es obligatoria: ¿está República Dominicana preparada para ese salto? Países como Estados Unidos, Canadá, España o Brasil ya recorrieron ese camino, pero con culturas, instituciones y niveles de tolerancia muy distintos a los nuestros.
Por eso esta es una sentencia histórica… pero también peligrosamente temeraria. Primero, porque abre las puertas para que quienes han permanecido ocultos puedan entrar o ascender dentro de los cuerpos castrenses sin temor a sanción. Segundo, porque sienta un precedente jurídico que podría ser invocado —más temprano que tarde— para buscar la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo, aun cuando la Constitución es clara: “El matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer” (Art. 55.3).
Los defensores del fallo dirán que nada cambiará porque en la práctica las instituciones militares y policiales seguirán siendo espacios rígidos, donde los “periquitos internos” al momento de los ingresos filtran más que cualquier manual. Y es cierto: ningún oficial redactará un informe diciendo que X recluta no pasa por su orientación sexual.
Por: Elvis Lima
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