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Advierten sobre declaraciones juradas

Advierten sobre declaraciones juradas

Sede del movimiento cívico Participación Ciudadana, en la zona universitaria.

Participación Ciudadana advirtió a los  funcionarios municipales electos y reelectos  en las pasadas elecciones  que tienen que cumplir con la Ley de Declaración Jurada de Patrimonio, para contribuir con el  control de la administración pública  y para permitir el seguimiento a  los procesos anticorrupción.

La Cámara de Cuentas reveló que  sólo han presentado dicha declaración jurada inicial  525 funcionarios electos, lo que representa un 14% del universo de funcionarios y funcionarias municipales, quedando pendiente de cumplir  3,324, que representa el 86% de los funcionarios municipales electos.

“Instamos a las autoridades competentes a dar cumplimiento a dicha obligación y a otras instancias, a disponer la tramitación correcta de dicha falta del funcionario público para la satisfacción de dicho deber y el cumplimiento de la normativa en materia de declaración jurada de patrimonio”, reclamó  el movimiento cívico.

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Llamó  a los nuevos ediles a cumplir  con artículo 146.3 de la Constitución de la República que establece que es obligatoria, la declaración jurada de bienes a dichos funcionarios públicos, a quienes corresponde justificar el origen de sus bienes, antes y después de haber finalizado sus funciones o a requerimiento de autoridad competente.

La  Junta Central Electoral  entregó certificados de elección a unos 3,849 candidatos y candidatas electos y reelectos.

“Así las cosas, los funcionarios tienen la obligación de presentar su declaración jurada de patrimonio inicial, dentro de los 30 días de la toma de posesión, plazo que está ventajosamente vencido”, refirió la entidad de la sociedad civil.

 “Es importante destacar que dicha obligación de prestación de declaración jurada es tanto para los funcionarios electos, como los reelectos en las posiciones públicas. En ese orden de ideas, la legislación de la materia establece de manera expresa que la ausencia de declaración jurada constituye una falta grave de tercer grado, conforme a la Ley 41-08 de la función pública, que conlleva como sanción la destitución”,  explicó el movimiento cívico PC.

Domingo Berigüete

Periodista especializado en prensa jurídica y eléctrica