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Aspiración trujillista

Aspiración trujillista

Carlos Manuel Estrella

La exaltación y promoción del régimen dictatorial de Rafael Leónidas Trujillo (1930-1961) están proscritas mediante ley 5880 de 1962 que fue la respuesta legislativa para impedir la reedición del oprobio vivido en ese período de crímenes, violación de derechos humanos y abusos inenarrables.

La aceptación y reconocimiento legal por la Junta Central Electoral (JCE) del Partido Esperanza Democrática (PED), que tiene de líder y figura central a un nieto de Trujillo, ha disparado alarmas ante la posibilidad de que promueva el trujillismo, pese a que sus estatutos y principios no lo consigna.

Una cosa es la legalización del PED porque cumplió los requisitos de ley en uso de la libertad de asociación con fines lícitos como derecho fundamental y otra es que Luis José Ramfis Rafael Domínguez Trujillo, hijo de Angelita Trujillo y nieto del tirano, pueda ser candidato presidencial.

Este deseo del promovido como Ramfis Trujillo es imposible de concretar por ahora, porque en su condición de dominicano por origen nacido en el extranjero, no cumple el párrafo del artículo 20 de la Constitución sobre doble nacionalidad y requisitos de tiempo para poder aspirar a presidente.

Con el precedente de 2020, cuando el nieto de Trujillo trató de inscribir su candidatura presidencial y la JCE lo rechazó, ahora ocurre lo mismo porque no hay constancia de su renuncia a la nacionalidad por nacimiento ni de su residencia permanente en el país los últimos 10 años previos a la cita electoral.

Aún si demostrase que hace al menos un decenio dejó la nacionalidad estadounidense, para que cumpla el requisito de ese mismo tiempo como residente permanente aquí, su cédula de identidad le fue expedida en mayo de 2016, lo que evidencia que debe esperar hasta 2026 para pensar en aspirar.