Opinión Carta de los Lectores

Camisa de fuerza

Camisa de fuerza

Revisada la antigua Ley Orgánica de la Policía Nacional Dominicana 96-04, derogada por la actual Ley 590-16 y con respecto a la permanencia en el cargo de su Director General, ambas leyes le pusieron una «camisa de fuerza» al Señor Presidente que se cataloga como una delicada laguna que el legislador no previó y que debió corregirse los Reglamentos de Aplicación de las mismas.

A propósito de que hoy 14 de noviembre de 2025, el actual Director General de la Policía Nacional Mayor General Ramón Antonio Guzmán Peralta cumple dos años de haber sido designado en su cargo por el Señor Presidente Constitucional de República Dominicana, Licenciado Luís Rodolfo Abinader Corona, diversas inquietudes y opiniones han sido vertidas en medios de comunicación y redes sociales, en relación con la continuidad o no del citado funcionario al frente de la institución que lleva como nuevo lema «Proteger y Servir».

En tal sentido es de nuestra opinión que, a los Presidentes no se les puede imponer «camisa de fuerza» , máxime cuando lo que se quiere que hagan sea para cumplir con un requisito de ley sin mirar lo que realmente conviene, satisfacer deseos o complacer voluntades más allá del espíritu que la ley entraña.
Visto así no cabe dudas que, los Presidentes son sabios, nteligentes, piensan muy bien lo que hacen y por demás, poseen atribuciones constitucionales para ser celosos guardianes del Interés Nacional y como como tales, está dentro de sus facultades la toma de decisiones oportunas que beneficien a la colectividad y no a intereses particulares que solo buscan ventajas en situaciones como la de la especie.

En los actuales momentos, en la Policía Nacional está en vigor el más delicado y ambicioso proceso de reforma jamás visto desde su fundación en 1936, obviamente sin dejar de lado los grandes aportes y avances institucionales que en ese sentido se han logrado producto de los esfuerzos realizados por administraciones de gobiernos y gestiones policiales del pasado reciente.

Cambiar a un Director General de la Policía Nacional en medio de un proceso de reforma en los niveles de desarrollo que hoy se exhiben, podría acarrear consecuencias impredecibles y, para quienes les encanta «leer a medias» se recuerda que, la antigua Ley Orgánica de la Policía Nacional 96-04 en su artículo 11 textualmente expresaba que, » el Presidente de la República designará como Jefe de la Policía Nacional por un período que no exceda a los dos años, a un Oficial General Policial activo», sin referirse a la potestad del Señor Presidente de sustituirlo antes de los dos años y confirmarlo después de cumplidos.
Valentín Rosado Vicioso.

El Nacional

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