En Haití, no existe Registro Civil desde que el Estado colapsó hace décadas, por lo que un 80 por ciento de su población no tiene documentación, y los gobiernos dominicanos han hecho intentos para dotar de identidad a los haitianos para incrementar la inmigración ilegal, poniendo en riesgo nuestra soberanía y multiplicando el número de habitantes del vecino país en suelo dominicano, debido a que las parturientas nos han convertido en un paritorio que está reventando el presupuesto de Salud Pública.
Todavía subsiste un Plan para instaurar refugios que acojan a 500 mil haitianos, proyecto que ha sido atacado en el Tribunal Administrativo que aún no acaba de evacuar una sentencia que ordene suspensión definitiva de ese despropósito. Existe un fallo reservado en ese tribunal de una iniciativa firmada por cientos de ciudadanos, cuyos abogados apoderados son los doctores Castillo Pantaleón, Miguel Vásquez y quien suscribe esta columna.
En ocasión del apoderamiento, el gobierno y diversos organismos oficiales negaron la existencia del referido proyecto en la zona fronteriza, durante una audiencia que conoció una medida cautelar de suspensión de la medida, no obstante las pruebas fehacientes aportadas por los demandantes.
Y hace más de un año del apoderamiento al tribunal administrativo y todavía no hay fallo sobre el caso de la especie, Ahora, surge un nuevo subterfugio para darle documentos de identidad a los haitianos que no pueden aportar ni un dato escrito donde figure su nombre y apellido, y se usa el eufemismo de carnet fronterizo para legalizar la estancia en el país de dos millones o más de haitianos.
Aunque se alega que la dotación del carnet fronterizo está en la Ley de Migración, la Constitución de la República en sus artículos 10 y 35, normativa que está por encima de cualquier texto legal, regula toda la franja fronteriza y le asigna al Estado dominicano, resguardo esa demarcación limítrofe e impide que cualquier extranjero pueda comprar terrenos o asentarse allí, al tiempo que asigna decenas de tareas a fines de incentivar al sector agropecuario a explotar ese espacio.
El artículo 10 preceptúa: régimen fronterizo. Se declara de supremo y permanente interés nacional la seguridad, en desarrollo económico, social y turístico de la Zona Fronteriza, su integración vial, comunicacional y productiva, así como los valores patrios y culturales del pueblo dominicano “. Y ese enunciado contiene diversas obligaciones que por falta de espacio, tenemos que enumerarlos en una próxima columna.