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Coerción a difamadores

Coerción a difamadores

Carlos Manuel Estrella

Los excesos en el ejercicio de la libertad de expresión, recurrentes y de moda en estos tiempos en plataformas digitales, al fin han encontrado un disuasivo judicial que deberá ser escarmiento para difamadores y mentirosos de las redes sociales, que se han creído con patente de impunidad para ofender.

El encausamiento de dos de estos personajes “populares”, un varón y una hembra, quienes logran monetizar insultos y calumnias “contra todo el mundo” con un lenguaje agresivo y soez, sin ningún límite jurídico aparente, marca un precedente al imponerles medidas de coerción distintas a la prisión preventiva.

El populismo judicial, alimentado por la ignorancia de “la gran masa” del mundo cibernético, ha interpretado que la privación de libertad como medida cautelar en base al Código Procesal Penal, es un castigo adelantado, “sentencia” condenatoria, cuando ni siquiera se ha tocado el fondo del caso, porque es parte de la fase preparatoria y el encausado goza, además, de presunción de inocencia.

En las denuncias y querellas contra los dos personajes, acusados de difamación e injuria en las redes sociales, las medidas de coerción impuestas han sido presentación periódica, garantía económica e impedimento de salida.

No ha habido un constreñimiento a su libertad, lo que es correcto, el juez a cargo descartaría el peligro de fuga y abogados defensores habrían aportado presupuestos para acudir a citaciones futuras, todo en beneficio de los procesados quienes, sin embargo, deben cumplir las tres medidas impuestas.

Esto parece simple o sencillo, humano y hasta condescendiente. Sea lo que fuese, la realidad y el mensaje es que los personajes procesados aprenderán la lección, válida para sus muchos otros “colegas” de las redes, de que hay respuesta judicial efectiva al libertinaje difamatorio y para proteger derechos fundamentales como la dignidad, honor, imagen y reputación de terceros.