Por inusual se presta a suspicacias la rapidez con que ha procedido la Junta Central Electoral (JCE) con la entrega del acta de nacimiento a la señora Juliana Dequis Pierre. Jamás el organismo se había mostrado tan diligente como en el caso de la ejecución de la controversial sentencia sobre la nacionalidad evacuada por el Tribunal Constitucional.
En menos tiempo del que canta un gallo instruyó al director de la Oficina Civil de Yamasá para emitir el acta de nacimiento a Dequis Pierre. Pero el documento, que conste, no es para que la dama, nacida en el país hace 28 años de padres haitianos, pueda por fin obtener su cédula de identidad y electoral, sino para que sea un tribunal de primera instancia y no la JCE que lo anule.
Como establece la sentencia del Constitucional. Pero el organismo electoral, que se había arrogado las atribuciones de decidir sobre la nacionalidad, deja la impresión de que sujeta sus actuaciones al mandato de las leyes. El acta de nacimiento a la señora Pierre, quien motivó la polémica sentencia que niega la nacionalidad a los hijos de inmigrantes ilegales desde 1929 a la fecha, no le servirá para hacer valer ningún derecho. En las mismas condiciones que ella hay cientos de miles de personas que tras el fallo del tribunal quedan en condición de apátridas