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Contratación de abogados

Contratación de abogados

La historia de la contratación por parte del Estado ha sido desastrosa. Tanto en lo que respecta a bienes como a servicios, la situación ha sido, en sentido general, idéntica, la peor calidad al precio más elevado. En estos días, hemos sido testigos de la exposición pública de hechos que eran conocidos pero que, al identificarse nombres, apellidos, cifras y vínculos, su descaro nos ha golpeado el alma.

Por fortuna, al frente de la dirección de contrataciones públicas se ha colocado la persona ideal quien, a poco tiempo de su designación, ha dado demostraciones inequívocas de que las cosas por esos predios han cambiado de forma radical.

Carlos Pimentel ha sido coherente entre su prédica como militante de la sociedad civil y su práctica como funcionario, que era lo que quienes conocemos de su integridad sabíamos que ocurriría.

A propósito de las acciones penales sustentadas en actos de corrupción administrativa que está ejerciendo el Ministerio Público, el Estado ha anunciado que contratará abogados para constituirse en actor civil y procurar la reintegración de bienes dilapidados e indemnizaciones para resarcir los daños ocasionados.

Es loable recuperar bienes del Estado

Esa es una actitud que va en la dirección correcta. Refleja voluntad política para lograr que en esta ocasión los resultados sean distintos a los producidos en el curso de nuestro devenir histórico.

La impunidad ha sido la regla y la pobreza extrema de nuestro pueblo ha sido el precio pagado para la riqueza opulenta de unos pocos. De esa relación ineludible es de la que se ha empezado a tomar conciencia, provocando el ejercicio de una ciudadanía cada vez más activa.

Los abogados a ser contratados no pueden serlo sobre idénticos parámetros de expedientes anteriores, en los cuales, el gobierno ha erogado sumas fabulosas, en moneda extranjera y sin ninguna vinculación con los resultados de las gestiones. Eso no puede ser.

Deben firmarse contratos de cuota litis en pesos, en los que el Estado negocie una proporción razonable de honorarios, siempre menor del 30% , calculado sobre el monto que logren captar los profesionales. No sería descartable adelantar una pequeña suma deducible de honorarios.

Además, los abogados deben reunir los requisitos exigidos para ser suplidor del Estado y su experiencia sobre la materia de que se trata debe estar suficientemente establecida.

Estos casos han reiterado la utilidad de la Ley de extinción de dominio, mediante la cual, se puede obtener la recuperación civil de bienes ilícitos .

Por. Pedro P. Yermenos Forastieri
pyermenos@yermenos-sanchez.com

El Nacional

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