La jueza de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Francisco de Macorís, Josefina Noemí Díaz, dictó tres meses de prisión preventiva contra Wilker Peña Mota, acusado de agredir con un clavo a su hija de un año y once meses, en un hecho ocurrido la pasada semana en el municipio Villa Riva, provincia Duarte.
La magistrada acogió la solicitud del Ministerio Público, que imputó a Peña Mota por abuso físico y psicológico contra la niña, así como por violencia intrafamiliar agravada. El imputado fue arrestado en flagrante delito.
Los hechos
De acuerdo con la investigación, el procesado llegó a su residencia en horas de la madrugada y, tras acostarse, comenzó a mostrar signos de molestia. Poco después se levantó de manera violenta, situación que llevó a su pareja a pedir auxilio. Un vecino acudió en su ayuda, pero también resultó herido por Peña Mota con un vaso.
La jueza impone tres meses de prisión preventiva a Wilker Peña Mota por agredir a su hija
Momentos más tarde, la abuela del imputado intentó intervenir para evitar la agresión contra la niña, siendo igualmente atacada con un clavo.
Las víctimas fueron trasladadas a un centro de salud, donde los médicos certificaron que la infante presentaba múltiples heridas en la cabeza, tórax, abdomen y extremidades, mientras que la señora sufrió una lesión en el hombro derecho.
Proceso judicial
La titular de la Fiscalía de San Francisco de Macorís, Smaily Rodríguez, informó que el Ministerio Público continúa profundizando las investigaciones. La medida de coerción fue presentada por la fiscal Sandra Sierra Difo, de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, y litigada en audiencia por el fiscal Engels Luis Polanco.
La jueza Díaz impuso que la medida se cumpla en el Centro de Corrección y Rehabilitación Vista al Valle, de San Francisco de Macorís.
El Ministerio Público calificó la conducta del imputado como violación a los artículos 396, letras A y B, de la Ley 136-03 sobre Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como a los artículos 307, 309-2 y 309-3, letra E, del Código Penal, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.
La decisión fue adoptada luego de que la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís rechazara una recusación presentada por la defensa del imputado en contra de la jueza Díaz.