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El referéndum

El referéndum

Alberto Taveras

Muy alentadora la primicia dada a conocer por el consultor jurídico Antoliano Peralta sobre el interés del presidente Luis Abinader de impulsar ante el Congreso Nacional la aprobación de una ley orgánica que regula el referéndum consultivo y constitucional aprobatorio.

Esta normativa necesaria para regular los referendo para el ejercicio del derecho, de participación política de los ciudadanos y de conformidad con la Constitución y las leyes es la vía necesaria para que el pueblo soberano pueda manifestar su voluntad y ser tomado en cuenta en las decisiones de interés nacional.

Para tales fines el consultor jurídico del poder ejecutivo convocó a un equipo de jóvenes abogados especializados en la materia para que formulen un anteproyecto que estará debajo de la supervisión de la Consultoría.

La figura del referéndum como mecanismo de participación directa de la población en temas cruciales para la vida nacional está instituida en la Constitución Dominicana aprobada por la Asamblea Nacional el 26 de enero del 2010.

Es una especie de encuesta general donde se le consulta al electorado dándole participación en los procesos legislativos de manera directa tal como ocurre en países como Francia, Italia Chile, España, entre otros que han utilizado esta figura.

Los mismos pueden ser obligatorios o vinculantes y no obligatorios o consultivos, que dejan a discreción del legislador lo decidido en la consulta. En la reforma de nuestra Carta Magna del 2010 se establece que las consultas populares mediante referendo estarán reguladas por una ley que determinará todo lo relativo a su celebración donde los temas que pueden someterse por vía de referendos son los aprobados por la Asamblea Nacional Revisora, cuando versen sobre derechos, garantías fundamentales y deberes, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, el régimen de la moneda, y sobre los procedimientos de reforma instituidos en la propia Carta Sustantiva.

Estos deben ser ratificados por la mayoría de los ciudadanos con derecho electoral y convocado por la Junta Central Electoral donde se requiere del 50 más 1 de los votos y más del 30 por ciento de los inscritos en el Registro Electoral, que deberán votar por el SI o por el NO.

Una consulta de interés nacional que puede estrenar la vía del Referéndum en nuestro país sería si el pueblo está de acuerdo o no, o si ve necesario o no la construcción de un muro en nuestra frontera con Haití. Que hable el pueblo en un Referéndum.

Por: Alberto Taveras
albertotaveras2013@gmail.com]

El Nacional

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