Opinión

El rol del alguacil

El rol del alguacil

Era el año 1927, la República Dominicana convulsionada en conflictos políticos y se da un paso trascendental para institucionalizar la justicia, se aprueba la ley 821 de organización judicial; sin embargo, la crisis económica de la época obliga establecer parches de corto plazo que aún perduran, 93 años después el parche solo ha recibido otros parches sobre el parche.

Las medidas que resuelven síntomas “parches” son el mayor escollo para la solución definitiva de problemáticas sociales, que terminan convirtiéndose en la piedra en el zapato que no le permite al Estado avanzar en su desarrollo.

El mayor de los parches fue el no institucionalizar el rol del alguacil, ya que en dicha época la mayoría de los cargos públicos eran ejercidos de manera honorífica y para evitar tener que establecer un salario y condiciones de trabajo a los alguaciles se decidió derogar sus atribuciones en las ejecuciones penales al Ministerio Público y ahí se marcó un precedente peligroso, en vez de fortalecer el rol de un funcionario, le doy sus atribuciones a otro para al final ninguno de los dos funcionarios poder cumplir a cabalidad con dicha atribución, pues al final nunca será la prioridad de su mandato.

Al Alguacil le siguieron quitando atribuciones; de las 7 atribuciones que tienen en todos los países desarrollados, al dominicano solo le quedan dos, la notificación judicial y la solemnidad de las audiencias en los tribunales comunes.

En el 2015 fue el último parche colocado con la aprobación de la ley 140-15 sobre el notariado; donde le quitaron las atribuciones al Alguacil en las ejecuciones civiles para otorgársela al Notario; hoy ha resultado un incremento en las denuncias, querellas y quejas de malas prácticas y procedimientos ilegales por parte de los notarios actuantes.

El Nacional

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