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Feminizar la Cancillería

Feminizar la Cancillería

Chiqui Vicioso

II

Si usted no es parte de una mafia, o para ser cuidadosa, de una camarilla, de esas que llegan a las instituciones con el hambre de quienes han estado fuera del poder por mucho tiempo, y decide ser parte de la institución, tiene que saber que si es eficiente, trabajadora y honesta sufrirá, según la ley de Peter, el acoso de las personas a quienes usted evidencia con su profesionalidad. Dice Peter: Nunca haga tanto, o tan poco, que ponga en evidencia el colectivo donde usted se desempeña, porque pagará muy caro el distinguirse.

Para curarse en salud y protegerse de las estructuras donde una puede laborar es necesario estudiar la legislación que arropa esa institución, en el caso de la Cancillería conocer la Ley de Administración Pública mediante la cual se deviene servidor público y de carrera después de once años de servicio.

¿Qué dice esa ley, número 4108, y en el caso de la Cancillería, la número 63016? Entre muchas resoluciones que todo embajador, o embajadora en servicio tiene derecho a cumplir en el país designado el período de cuatro años que establece la Ley.

Debe también conocer las excepciones a esa Ley, por “faltas graves”, que puedan justificar su cancelación o traslado, y tiene derecho a conocer la fuente de las acusaciones que puedan provocar una acción en contra suya, ya que abundan los casos de exparejas que se proponen arruinar la vida profesional de quienes se divorciaron y si tienen que apelar a la falsificación de firmas, declaraciones, o documentos, lo hacen de manera impune, y generalmente en complicidad con las personas a quienes su ex ha puesto en evidencia, o a quienes no les conviene la permanencia de un, o una, testigo incorruptible.

Si por alguna casualidad a usted le acusan de alguna de estas infracciones, tiene el derecho a exigir que le presenten el expediente de acusación y le den diez días para preparar una respuesta. Además, recibir tres amonestaciones estando presente, que Ud. firme y diga si está de acuerdo o no con lo escrito, además de treinta días para responder.

Eso también quiere decir que si quienes se apresuraron a actuar contra usted, por rivalidades, temor, odio, contratación, o miedo de que se descubran sus chanchullos le niegan su derecho a réplica, Ud. puede someterlos a la justicia, por difamación y/o perjuicios morales, porque los cambios que se realizan – sin llenar estos procesos preliminares- son inválidos y usted tiene derecho de exigir la oportunidad de responder en procesos que pueden llegar hasta el Tribunal Constitucional.

Esto si decide no bregar con la enfermedad mental, adicciones, y mala fe, de los malos dominicanos y dominicanas.