La Fuerza del Pueblo favorece que la Cámara de Diputados apruebe el proyecto de reforma al Código Penal como fue sancionado ayer en el Senado para dar paso a otras leyes que requiere el país.
El vocero de los diputados de la FP en la Cámara Baja, Rafael Castillo, aseguró que su organización votará a favor de la iniciativa que lleva más de 22 años en el Congreso.
Dijo que lo más importante es que República Dominicana pueda contar con esa normativa que tanto se “anhela y que la comunidad jurídica ha pedido insaciablemente”.
La Fuerza del Pueblo apoya reforma al Código Penal radicada en el Senado tras 22 años de espera
“Nosotros como bloque de diputados estaremos trabajando hasta la hora que consideremos necesarios para que este proyecto de reforma al Código Penal se apruebe en esta legislatura”, puntualizó.
Aseguró “nosotros como Fuerza del Pueblo hicimos observaciones cuando se discutió en el Senado para que cuando llegara aquí, la Cámara de Diputados, nosotros leerlo y ver si hay que hacer alguna corrección y simplemente aprobarlo”.
Instó a los demás legisladores a unirse al clamor de la población y sancionar la pieza que endurece penas contra delitos graves, violencia intrafamiliar, el uso indebido de sustancias en el deporte y con una de las tres causales que permiten el aborto.
Los legisladores que sesionaron hoy, discutirán que la iniciativa que establece en el artículo 107, que cualquier infracción cometida contra niños, niñas o adolescentes, independientemente de a quién esté dirigido el acto o la lesión causada, será sancionada con penas de veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.
Además, en el artículo 118, señala que por tortura o actos de barbarie, sancionan con diez a veinte años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.
El proyecto establece sanciones más severas para delitos graves y violencia intrafamiliar
Además, el artículo 121, relativo a sanciones a la autoridad pública, determina que toda persona depositaria de autoridad pública o encargada de un servicio público que cometa tortura o actos de barbarie será sancionada con veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.
En tanto, que, la referida pieza en el artículo 136, sobre la actividad sexual no consentida en relación de pareja, establece que esta conducta será sancionada con pena de cuatro a diez años de prisión mayor y una multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público, en los casos especificados.
En el artículo 139, sobre violación sexual incestuosa, define que, si la víctima es un pariente natural, legítimo o adoptivo, hasta el cuarto grado por consanguinidad y hasta el tercer grado por afinidad, el delito será sancionado con veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.
Precisa que si la víctima es un niño, niña, adolescente o persona en condiciones de vulnerabilidad, y se produce mutilación, lesión permanente o gravidez, la pena será de treinta a cuarenta años de prisión y multa de cincuenta a mil salarios mínimos del sector público.
Sobre el artículo 303, establece que, cuando las sumas envueltas en el ilícito penal no excedan los veinte salarios mínimos, el infractor será sancionado con una pena de dos a cinco años de prisión menor, entre otras sanciones.