El Juez de la 9na. Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, desestimó la demanda de Difamación e Injuria interpuesta por Leila Mejia Roldán contra Gianni Paulino, presidenta de la Fundación Manos Arrugadas.
En una segunda audiencia de fondo después de nueve horas de escuchar testigos, aportar pruebas y declarar las partes envueltas en la litis legal, el juez Daniel Julio Nolasco Olivo declaró inadmisible la demanda y los penalizó a pagar las costas legales en que se incurrieron en el proceso legal iniciado por Mejía, quien asumió junto a su padrastro la defensa, el licenciado Juan Miguel Castillo Pantaleón. Gianni Paulino estuvo acompañada de Dany Alcántara, su esposo, así como de su madre, hemana y otros familiares y amigos, mientras que Leila Mejía se hizo acompañar de los estudiantes universitarios a los que imparte docencia en la Universidad Católica de Santo Domingo, quienes salieron de la sala de audiencia visiblemente decepcionados. Ganamos la litis, técnica y legalmente, pero siento la pérdida en mi condición humana al comprobar cuánto es capaz el ser humano de hacer y decir por envidia, rencillas y la búsqueda de notoriedad, es patético y duele, declaró Gianni. Pidió a la justicia dominicana tomar las medidas para detener esta vorágine de demandas en difamación o injuria de forma graciosa y deliberada, haciendo responsables a aquellos que pudiendo utilizar las vías de derecho, es decir, corregir errores, retractarse o rectificar, utilizan los medios judiciales, provocando una pérdida de tiempo, energía y recursos que pudieran ser utilizados en fines productivos. La demanda contra Paulino se produce después que ésta enviara nota de prensa a los medios, rectificando que Leila Mejía no era presidenta de la Fundación Manos Arrugadas, que no había realizado el concierto Rock por Jimaní y que no había recibido beneficio alguno por esa actividad, como salió publicado en diferentes medios escritos y digitales. Leila Mejía demandó a Gianni Paulino en Difamación e Injuria, al pago de 10 millones de pesos por los daños provocados, en tanto Gianni había interpuesto una demanda reconversional, por el uso temerario de la acción en justicia.

