Recientemente el país ha vivido un debate sobre la indexación de la escala salarial para la aplicación del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Por un lado los que piden su indexación correctamente se apegan a los exigido por el mismo Código Tributario que establece el ajuste anual por inflación que no se ha hecho desde 2017. Por el otro lado está el gobierno dominicano que correctamente señala que el ajuste supondría un sacrificio fiscal grave para el Estado que afectaría materialmente su capacidad de cumplir sus compromisos presupuestarios sin incurrir en más deuda. Ambos tienen razón y eso lleva a un punto de inflexión.
Lo que el debate sí abre es la posibilidad de impulsar una modificación del capítulo VI del Código Tributario con mucha menor fricción social que una reforma fiscal íntegra. La conversación ya está abierta, ahora toca pasarla de los medios y redes sociales al Congreso Nacional donde corresponde.
El ajuste por inflación debe ser eliminado, si el texto de la ley debe ser ignorado por no ser realista, mejor no tenerlo en la ley y punto. Si para ello se debe hacer algún compromiso donde el Estado asuma un deber de ajustar la escala debido a los cambios normales de la economía, la variación del salario promedio cotizable registrado en la Tesorería de la Seguridad (TSS) sería un parámetro más razonable que la inflación, dada la naturaleza de nuestra economía.
Por otro lado, la escala necesita ser ampliada y ajustada a la realidad.
De acuerdo a los números más recientes de la TSS, el salario cotizable promedio está cerca de DOP 37,000 mensuales, siendo que la escala no indexada actual exonera del ISR los salarios por debajo de DOP 34,700, esto significa que la mayoría de los asalariados formales quedan dentro de la escala exenta.
Es poco probable que el Estado vaya a asumir el costo fiscal que implicaría la eliminación de una base exenta y la introducción de deducciones fiscales como esto suele operar en otros países, por lo que consensuar una nueva base exenta luce como lo probable.
Esta podría exonerar los salarios mensuales hasta DOP 27,750 e introducir dos nuevas escalas menores, para los que van desde DOP 27,750 a DOP 37,000 con un 5% y de DOP 37,000 a DOP 50,000 con 10%. Adicionalmente, se ajustarían las escalas existentes, y se agregarían dos nuevas escalas superiores para ingresos por encima de los DOP 200,000.00 mensuales a 30% y los mayores a DOP 400,000.00 a 35%.
Esto claramente implicaría un aumento sustancial del ISR para la mayoría de las personas físicas, lo que le daría al Estado el espacio para reducir ese impuesto en las personas jurídicas a una tasa de entre 20% y 15%, colocándose por debajo del promedio de la OECD, a su vez allanando su propio camino para empezar a reducir sustancialmente la exenciones impositivas sectoriales.
Mientras los impuestos a los ingresos suponen más del 50% de las recaudaciones del Estado en la mayoría de los países, en República Dominicana dicho impuesto apenas capta el 25% de estas, lo que evidencia que tenemos un sistema tributario agresivamente regresivo con alta dependencia a impuestos al consumo y la propiedad. Aprovechar el debate actual para impulsar esta reforma focalizada al ISR, si bien no estará alcanzando todas las aspiraciones fiscales del Estado, sí sería unenorme paso de avance en esa dirección.

