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JCE no puede decidir sobre petición PLD excluir 177 candidatos

JCE no puede decidir sobre petición PLD excluir 177 candidatos

La Junta Central Electoral (JCE) no tiene competencia para excluir de las boletas electorales a 176 candidatos a cargos municipales calificados de tránsfugas por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
El PLD alega que esos candidatos a alcaldes, regidurías, direcciones de distritos municipales y vocales compitieron en las primarias internas de esa organización política, el 6 de octubre de 2019, no resultaron ganadores y fueron a postularse por otros partidos.

Alegó que esa práctica es penada por la Ley 133-18, sobre Partidos Políticos y la Ley sobre Régimen Electoral.
JCE sin atribuciones

Las juntas electorales de los municipios son las únicas con competencias para conocer en el nivel municipal de las propuestas a alcaldes, regidores, directores y vocales. Asimismo, el Tribunal Superior Electoral (TSE) es el único que tiene competencia para conocer de los recursos de apelación que se interpusieren en contra de las decisiones sobre el particular de las juntas electorales.

El artículo 145 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (15-19) establece que “en cuanto a las decisiones adoptadas en este sentido por las juntas electorales, éstas podrán ser atacadas mediante un recurso de apelación por ante el Tribunal Superior Electoral”.

Agrega que “el plazo de la revisión o la apelación es de tres días”.
Acogiéndose al mandato de ese artículo, una fuente de alto nivel aseguró que “la JCE no tiene, carece de competencia, de atribuciones para pronunciarse o decidir sobre cualquier candidatura en el nivel municipal”.

La petición del PLD

Ayer el PLD solicitó a la Junta Central Electoral la exclusión de 176 candidaturas municipales de personas que alega son tránsfugas, según la Ley de Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas, y la Ley de Régimen Electoral.

El partido en el Gobierno depositó una instancia en ese sentido ante el organismo electoral, firmada por su presidente, ingeniero Temístocles Montás.

Montás anexó a su petición la lista de los 176 candidatos a alcaldías, regidurías, direcciones de distritos y vocales de distritos municipales, quienes compitieron en las primarias internas del PLD del pasado mes de octubre y no resultaron ganadores.
El PLD afirma que esas personas figuran como candidatos para las elecciones municipales en los partidos AlPaís, Alianza por la Democracia (APD), Demócrata Institucional (PDI), Humanista Dominicano (PHD), Unidad Nacional (PUN), de los Trabajadores Dominicanos (PTD), Quisqueyano Democrata Cristiano (PQDC), Reformista Social Cristiano (PRSC), Revolucionario Dominicano (PRD), Socialista Verde (PASOVE), Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), Frente Amplio, Fuerza de Pueblo (LFP) y el Movimiento Municipal NPC.

Según el listado de la instancia, la mayoría de los antiguos peledeístas son candidatos por el BIS y el PRSC, además abarca casi todas las provincias y municipios del país.

Es imperativo que la JCE proscriba la práctica de la doble postulación en el nivel municipal, debido a los efectos que dicha práctica genera para la soberanía popular y la democracia interna de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos y el sistema político y partidario en sentido general”, señala la instancia.

 

Tránsfugas
El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) alega que esos candidatos a 176 alcaldías, regidurías, direcciones de distritos municipales y vocales compitieron en las primarias internas de esa organización política, no resultaron ganadores y fueron a postularse por otros partidos.

El Nacional

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