Economía

Junta aprueba proyecto sistema garantía recíproca

Junta  aprueba proyecto sistema garantía recíproca

La propuesta para la creación en el país de una Ley del Sistema de Garantía Recíproca que permita ofrecer apoyo al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas mediante la expedición de avales a su favor, fue conocida por la Junta Monetaria y remitida al Poder Ejecutivo.

Una declaración emitida hoy por el Banco Central da cuenta de que la Junta Monetaria, mediante su Primera Resolución del 5 de junio de 2014, conoció el Anteproyecto de Ley del Sistema de Garantía Recíproca que crea en el país las figuras de las Sociedades de Garantías Recíprocas y Sociedades de Reafianzamiento, y autorizó su remisión al Poder Ejecutivo para su ponderación y aprobación, y posterior remisión al Congreso Nacional.

Indicó que el objeto fundamental de las Sociedades de Garantías Recíprocas es dotar de garantías a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), mediante la expedición a su favor de avales, que les permitirá su acceso al crédito formal, a menores costos y mayores plazos, en las entidades de intermediación financiera. Por su parte, las Sociedades de Reafianzamiento tienen por objeto el reavalar a las Sociedades de Garantías Recíprocas, para asumir los riesgos por las garantías otorgadas.

Los avales que emitan las Sociedades de Garantías Recíprocas se clasifican en tres: las Garantías Financieras, que permiten obtener préstamos de las entidades de intermediación financiera, realizar operaciones de arrendamiento financiero, descuento de facturas, entre otras; las Garantías Comerciales, que avalan operaciones entre empresas; y las Garantías Técnicas, utilizadas para el cumplimiento de contratos de obra y de contratos de suministros, así como para el cumplimiento de obligaciones frente a entes públicos y privados, incluyendo las requeridas por la Ley de Compras y Contrataciones Públicas No.340-06 del 18 de agosto del año 2006.

El capital social de estas sociedades será aportado fundamentalmente por los socios protectores, toda vez que a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas se les requerirá una participación accionaría mínima, cuyo límite individual no podrán exceder del 5% del capital social, para que pasen a ser socios participes y de esa manera adquieran los derechos de acceder al financiamiento.