Editorial

La 168

La 168

La sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC) que fija el alcance de la nacionalidad dominicana arriba hoy a su primer año de vigencia sin que se vislumbre aún una solución definitiva al desorden migratorio que esa decisión procura conjurar.

El fallo del TC desató los mil demonios a nivel internacional, más por incomprensión que por el pliego de acusaciones que se vertieron allende los mares contra el gentilicio dominicano, con imputaciones tales como de que se trata de un estatuto racista, que desnacionaliza y crea apatridia.

Una intensa jornada de defensa a ese estatuto, que encabezó el propio presidente Danilo Medina, pudo disminuir la intensidad de la extendida campaña foránea y local que colocó a República Dominicana en los esquineros de castigo de los principales foros mundiales.

Hoy, la mayoría sensata entiende que esa sentencia recogió una secuela de irregularidades jurídicas que tenían su origen en la inobservancia de un reiterado mandato constitucional que establece que los hijos de extranjeros en tránsito no les corresponde la nacionalidad dominicana.

Ese edicto del juez de control constitucional tiene la virtud de que ordena a poderes vinculantes regularizar la situación migratoria de hijos de indocumentados, y conceder naturalización inmediata a extranjeros que obtuvieron documentación de buena fe.

En virtud de ese mandato, el Congreso aprobó una ley (169-14) y el Poder Ejecutivo un decreto para su aplicación, con la finalidad de que todos los ciudadanos extranjeros regularicen su estatus migratorio, previa presentación de documentación requerida.

Para que se cumplan las expectativas creadas por la sentencia 168-13, su ley y decreto accesorios, se requiere, además del estricto cumplimiento por parte de los organismos vinculantes, de una expresa voluntad del Gobierno haitiano en suplir la documentación que requieren sus nacionales para normalizar su situación migratoria.

Puede decirse que Estado y Gobierno cumplen cabalmente su obligación de establecer el alcance de la nacionalidad dominicana, así como su fuero soberano, en el más estricto marco de respeto a la Constitución y las leyes y con apego a las más elevadas consideraciones de solidaridad y humanismo.

El Nacional

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