Los miembros de la Junta Central Electoral han demostrado tener un firme compromiso con su misión de organizar y dirigir los procesos electorales apegados en la legalidad, con transparencia y equidad, sin distingos de ningún tipo de actores del proceso y, en resumen, con la aplicación de la ley a todos.
Su “comunicado de admonición” en que ordena a las entidades políticas “cesar en lo inmediato los actos prohibidos durante el período de precampaña electoral”, como mítines, marchas, caravanas y colocación de publicidad y propaganda en espacios públicos y prensa en general, parece impracticable.
Lo publicado el 10 de agosto, con un plazo fatal de 15 días calendario para retirar la propaganda política visual y los mensajes proselitistas de medios de comunicación masiva, chocará con la realidad de que ese enorme material publicitario será imposible de eliminar porque hacerlo tomará semanas y meses.
Las prohibiciones en el período de precampaña o campaña interna, según el artículo 44 de la ley 33-18, están claramente establecidas en los numerales del texto original que sobrevivieron al tamiz constitucional, pero el legislador (los propios políticos) no estableció régimen sancionador para las violaciones.
La JCE, en el comunicado admonitorio, advierte que utilizará las facultades de su ley orgánica y del reglamento que crea el procedimiento administrativo sancionador electoral para hacer valer sus pretensiones de que las entidades políticas se acojan a la legalidad y cesen de incumplir las normas.
Entre la legalidad, como ideal democrático y objetivo de la JCE, y la realidad de la práctica partidista vernácula, hay un gran trecho y la fecha del 25 de agosto representa un desafío a la autoridad del órgano electoral que quedará diezmada o fortalecida, si logra con efectividad sancionar inconductas políticas.