El Ministerio Público (MP) ha cometido un desacierto al aplicar el criterio de oportunidad, establecido en el artículo 34 del Código Procesal Penal (CPP), para prescindir de la acción pública contra Maxy Montilla, por ilícitos como suplidor del Estado en el gobierno de su cuñado, el expresidente Danilo Medina.
La nota para la prensa indica que el acuerdo, supuestamente fortalece las acciones contra la corrupción y la impunidad, porque Montilla y un grupo de sus empresas “aceptan su responsabilidad penal y autorizan el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado”, y otros mil, de otras formas.
El acuerdo beneficia a Montilla, investigado en el proceso contra Juan Alexis Medina Sánchez y compartes, porque no será imputado ni encausado, a cambio de devolver al Estado 3 mil millones de pesos de los más de 13 mil que movilizó en más de 20 empresas creadas para ser suplidor único de las Edes.
El hermano de la pasada Primera Dama no llegará a los tribunales como acusado sino de aliado de la Procuraduría Especializada contra la Corrupción Administrativa (PEPCA) y será testigo estelar para ayudar al Ministerio Público a probar los actos de corrupción en la llamada operación antipulpo.
El examen del artículo 34 del CPP lleva a concluir que el MP parece ignorar que esta operación anticorrupción, respecto de Montilla, “compromete gravemente el interés público”, que la pena imponible a los involucrados es superior a dos años de prisión y que, por tanto, no procede aplicar el criterio de oportunidad. Lo grave es qu e el acuerdo fue “homologado” por un juez.
Contrario al pretendido éxito que se atribuye el órgano persecutor por haber logrado el arreglo, esta decisión marca un precedente funesto para la lucha contra la corrupción y envía al pueblo el pernicioso mensaje que en el lenguaje llano se traduce literalmente en “roba mucho que puedes devolver una parte, quedarte con la otra y no serás imputado ni procesado”. ¡Qué relajo más serio!