Editorial

No es un juego

No es un juego

Los mil 277 funcionarios que, según la Cámara de Cuentas, no han presentado su Declaración Jurada de Patrimonio, no solo incurren en violación a la ley 311-14, sino también al numeral 3 del artículo 146 de la Constitución de la República, por lo que incurren en una grave infracción cívica y penal que el Orden Judicial está compelido a sancionar.

Hay que suponer que a esta hora el Ministerio Público ha procedido a notificar a esos funcionarios incumplidores de que han incurrido en violación a la ley que los obliga a prestar una declaración jurada de bienes al momento de asumir la función y otra al concluir su gestión.

La ley en cuestión establece que contra los funcionarios que no presenten declaración jurada en los plazos señalados se les abriría investigación sobre orígenes de sus bienes, que serían decomisados en caso de no poder probar licitud.

También se establece que en caso de que se pruebe en los tribunales que el funcionario incumplidor posee bienes de naturaleza ilícita, sería condenado a penas que oscilan entre cuatro a diez años y multas hasta por el duplo del valor de esos bienes.

Para que no se alegue ignorancia, la Cámara de Cuentas ha publicado una lista con los nombres de servidores públicos que han incumplido con la ley sobre Declaración Jurada de Patrimonio, y obviamente con el artículo 146 de la Constitución de la República.

Ningún funcionario público, grande o pequeño, puede creerse con poder alguno como para faltar a la confianza del presidente de la República que dispuso su designación, ni para poner de mojiganga al órgano supervisor, Ministerio Público ni a la justicia.

En cada caso de incumplimiento de la referida ley, la figura de presunción de inocencia queda suplantada por la presunción de enriquecimiento ilícito, lo que obliga al procurador general a disponer de inmediato de una investigación sobre todos los bienes muebles e inmuebles, así como las cuentas bancarias que posea el infractor.

La ciudadanía no merece otro espectáculo circense con un asunto tan serio como lo es la administración de fondos públicos, por lo que se hace imperativo que el Ministerio Público actúe sin dilación, o sus incumbentes incurrirían también en crimen de prevaricación, por inanición en la persecución de crímenes y delitos.

El Nacional

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