
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, se dirige a los senadores luego de la aprobación del Código Penal.
El presidente Luis Abinader tiene un plazo de cinco días para promulgar u observar el proyecto de ley del Código Penal, según lo establece la Constitución de la República, aprobado anoche por el Senado de la República en única lectura con las 64 modificaciones realizadas por los diputados.
“Toda ley aprobada en ambas cámaras será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación. Si éste no la observare, la promulgará dentro de los diez días de recibida, si el asunto no fue declarado de urgencia, en cuyo caso la promulgará dentro de los cinco días de recibida, y la hará publicar dentro de los diez días a partir de la fecha de la promulgación”.
“Vencido el plazo constitucional para la promulgación y publicación de las leyes sancionadas por el Congreso Nacional, se reputarán promulgadas y el Presidente de la cámara que las haya remitido al Poder Ejecutivo las publicará”, precisa el artículo 101 de la Constitución de la República en lo relativo a la Promulgación y publicación.
El proyecto del Código Penal fue aprobado con una votación de 26 senadores de 27 presentes el Pleno del Senado, que conoció la propuesta legislativa que se mantuvo en estudio durante más de 25 años en el Congreso Nacional.
Luis Abinader tiene cinco días para promulgar el nuevo Código Penal, que fortalece sanciones para delitos graves
En la primera sesión de la legislatura extraordinaria, el Pleno acogió las modificaciones realizadas por los diputados la madrigada del jueves.
En los trabajos los senadores agotaron varios turnos de ponencia donde valoraron la gran labor realizada por diputados y senadores, así como de los miembros de la comisión bicameral que tuvo a su cargo el estudio de la pieza, así como de asesores y diferentes especialistas.
En la sesión, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, expresó su satisfacción con el trabajo que ha hecho el Congreso Nacional para darle al país un nuevo Código Penal, e hizo un recuento de la cantidad de leyes especiales que estaban en el proyecto original y que ya están aprobadas.
Al dirigirse a sus pares les recordó que ese proyecto de ley tiene las condiciones que permiten presentar cualquier propuesta de modificación durante el periodo de Vacatio legis que prevé la pieza (un año para entrar en vigencia).
Agradeció a los senadores, diputados, al Sistema Judicial Dominicano, a la comisión bicameral que tuvo a su cargo el análisis de esta pieza y a todos aquellos que hicieron posible la aprobación del Código Penal de la República Dominicana.
El proyecto de Ley del Código Penal marca un pilar en la transformación estructural del sistema penal del país. Esta reforma busca robustecer las sanciones para delitos graves, proteger a las víctimas y garantizar una justicia más efectiva, equitativa y actualizada.
Nuevas sanciones
La pieza, destaca las tipificaciones que serían adicionadas como el terrorismo, sicariato, genocidio; infracciones muy graves de guerra, infracciones de lesa humanidad; desaparición forzada de personas; feminicidio, feminicidio agravado, feminicidio conexo, violencia conexa en escenario feminicida; inducción al suicidio, cooperación al suicidio; daños con sustancias químicas (ácido del diablo), entre otras, así como la acumulación de penas.
La propuesta legislativa fue presentada al Pleno por los senadores Ramón Rogelio Genao, Alexis Victoria, Félix Bautista, Cristóbal Venerado Castillo, Jonhson Encarnación, Moisés Ayala Pérez, Guillermo Lama y Odalis Rodríguez.
Esta reforma al Código Penal, que constituye una transformación estructural no solo de la ley, sino, del entendimiento propio del sistema penal dominicano, contiene novedades como el que destaca el artículo 52, en el que se señala que el límite de la pena aplicable en el concurso de infracciones muy graves que conlleven penas de la misma naturaleza no podrá ser en ningún caso superior a sesenta años de prisión.
Otros proyectos
Los senadores, incluyeron en la agenda tres convenios: el primero sería utilizado en el programa de saneamiento universal en ciudades costeras y turísticas de República Dominicana, ejecutado por el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (Inapa); otro para ser utilizado en el programa de resiliencia climática de la infraestructura de puentes en la República Dominicana, el cual será ejecutado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC); y un tercer acuerdo para uso del proyecto de ampliación del acueducto oriental barrera de salinidad y transferencia a Santo Domingo Norte, ejecutado por la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), todos remitidos por el Poder Ejecutivo.
En los trabajos legislativos de este jueves el Pleno Senatorial acogió y aprobó en única lectura las modificaciones sugeridas por el Poder Ejecutivo a los proyectos de Ley de Bien de Familia.
Tras remitir una carta al Senado, dirigida a su presidente Ricardo de los Santos, de fecha 31 de julio del presente año, el presidente de la República, Luis Abinader presentó cambios en el artículo 15, que indica que constituya un bien de familia por planes de mejoramiento social del Estado, aquellos bienes inmuebles transferidos por el Estado dominicano a particulares, deberán contener en el expediente presentado en el Registro de Títulos una indicación que valide si la vivienda ha sido edificada por el Estado dominicano.
Bullying agravado
El proyecto del Nuevo Código Penal castiga además el atentado imprudente contra la vida; responsabilidad de persona jurídica por atentado culposo contra la vida; bullying, bullying agravado; operaciones comerciales con niños y adolescentes. Al igual que responsabilidades de persona jurídica que provocan incapacidades con más de 60 días.