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PLD dice es segunda fuerza en el Senado

PLD dice es segunda fuerza en el Senado

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) afirmó esta mañana que de acuerdo a los resultados de las elecciones del pasado 5 de julio es la segunda fuerza senatorial, donde obtuvo seis escaños, rechazando de esa forma los alegatos de la Fuerza del Pueblo, que se arroga ese derecho.
Ayer la Fuerza del Pueblo afirmó que por poseer ocho senadores se convierte en la segunda mayoría en el Senado y que por tanto le corresponde un puesto en el Consejo Nacional de la Magistratura.
A juicio de Dantés Díaz, encargado de asuntos jurídicos del PLD, el concepto de mayorías congresuales está sujeto a un elemento objetivo, que en este caso son los resultados electorales de cada organización política en las elecciones, por lo que no está supeditado a una decisión unipersonal de un legislador en un momento determinado.
Consideró que la única forma de calcular una mayoría legislativa en general, y más aún para el caso de los representantes del Consejo Nacional de la Magistratura, que no dé lugar a ningún tipo de arbitrariedad ni discrecionalidad subjetiva, es hacerla en base a los resultados que obtuvieron las organizaciones políticas que participaron en el certamen electoral más reciente.
Aunque la Fuerza del Pueblo esgrime que con el paso a esa agrupación de los senadores Dioni Sánchez, de Pedernales y Félix Bautista, de San Juan de la Maguana, se convierte en segunda mayoría senatorial.
“La Constitución procura un cuadro orgánico que se desprende de los resultados electorales que obtuvieron los partidos políticos en cada proceso eleccionario. Si asumimos que la mayoría política congresual se construye basada en la libre disposición de los congresistas, entonces las mayorías políticas legislativas serían muy volubles y veleidosas, según los vaivenes de cada senador o diputado”, agregó el jurista.
Sostuvo que “este criterio se confirma cuando la Constitución establece claramente, en su artículo 77.1, que cuando por cualquier motivo ocurran vacantes de senadores o diputados, la cámara correspondiente escogerá su sustituto de la terna que le presente el organismo superior del partido que lo postuló; o sea, que la suplencia es responsabilidad de la organización política, no del senador o diputado que ha producido la vacante”.
“De no ser así, entonces cualquier legislador o grupo de legisladores electos por un partido tendrían la facultad de cambiar las mayorías legislativas a su antojo cada vez que así lo decidieran, y con ello alterar el orden de cosas, lo cual es contrario a los principios democráticos más elementales”, dijo.
El PLD y la Fuerza del Pueblo ahora se disputan un asiento en el Consejo Nacional de la Magistratura.

Los alegatos

De acuerdo a los alegatos del PLD, esa organización obtuvo seis senadores en las elecciones del pasado 5 de julio. Si fuera por los resultados electorales por partido, entonces la Fuerza del Pueblo obtuvo solo al senador de San Cristóbal Franklin Rodríguez en su boleta. Los restantes fueron electos en las boletas de los partidos Reformista Social Cristiano y Revolucionario Moderno. El pugilato es ahora entre peledeístas y FP por obtener el puesto en el Consejo Nacional de la Magistratura.

Víctor Martínez

Víctor Martínez: Pastor evangélico, y periodista de larga experiencia. Siempre dispuesto a servir a los demás.