El Ministerio Público ha dispuesto el arresto de dos oficiales superiores y dos empresarios a quienes investiga sobre un supuesto soborno que habrían recibido para gestionar la compra de una flotilla de aviones a una empresa brasileña.
La Procuraduría General de la República tendría que disponer de algún tipo de prueba o evidencia con méritos suficientes como para encaminar una acusación contra los requeridos y cualquier otro ciudadano que sea encartado en ese expediente.
Fiscales y procuradores poseen calidad y autoridad para poner en marcha la acción de la justicia ante probable infracción delictuosa o criminal, pero es preciso señalar que el Ministerio Público, además de fungir como jefe de la investigación penal, es también garante de los derechos del procesado.
Se ha dicho que la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) lleva más de tres años en una investigación sobre posible soborno a militares, empresarios y legisladores por parte de una empresa brasileña para viabilizar la adquisición de ocho aviones Super Tucano, usados contra el narcotráfico.
Hay que suponer que el legajo de pruebas o evidencias sobre ese caso se completó una semana antes de concluir el presente gobierno y de jura del presidente Danilo Medina para un nuevo cuatrienio, porque de otro modo no se entiende la premura ni las razones por las que no se atendió el dicho aquel de que quien espera lo mucho espera lo poco.
¿Por qué se apresura ese caso de evidente connotación política, casi en víspera de un nuevo gobierno? ¡Dios libre que cualquier incrédulo objete el derecho del Ministerio Público a iniciar o motorizar un caso penal cuando lo considere conveniente!
Se resalta que el procurador general puede aplicar la figura del Principio de Oportunidad, consagrado en los artículos 34-36 del Código Procesal Penal, viables en cualquier momento o situación dentro de un proceso penal, pero siempre aflorará la interrogante: ¿por qué ahora?.
Ante tan pesado fardo de incertidumbre, el Ministerio Público está compelido a garantizar el derecho constitucional a una tutela judicial efectiva, un debido proceso, así como a la presunción de inocencia, mientras no se declare culpabilidad por sentencia irrevocable.