La Ley de Armas, aprobada ayer por el Senado, está llamada a convertirse en gran valladar contra la violencia, delincuencia y criminalidad al endurecer las sanciones por su porte ilegal y por la comisión de un homicidio para cometer robos.
Ese estatuto, pendiente de promulgación por el Poder Ejecutivo, establece prisión de tres a cinco años por el porte ilícito de armas, municiones, explosivos y sus accesorios, por lo que cualquier individuo que lleve al cinto una pistola o revólver sin la licencia correspondiente irá a parar con sus huesos a la cárcel.
En los casos de homicidio perpetrado durante robo o asalto con un arma ilegal, la ley ordena que el juez imponga pena de prisión de 30 a 40 años, lo que evitará que el homicida retorne a las calles durante más de una generación.
Si el robo o atraco cometido con un arma ilícita causa heridas o lesiones permanentes a las víctimas, la sanción sería de entre 15 a 20 años de cárcel, lo que indica que esa ley procura desalojar de la vía pública a delincuentes y criminales.
Un aspecto particularmente positivo es la sanción de 10 a 20 años de prisión que prevé contra los funcionarios públicos que presten armas a civiles, así como de tres a cinco años a los que asignen armas, sin importar las formalidades.
Desde tiempos inmemoriales ha sido costumbre que encumbrados funcionarios regalen armas a sus relacionados como si fueran rosas o claveles, y de jefes u oficiales militares y policiales que “asignan” revólveres, pistolas y hasta ametralladoras. Con unos mentados “formularios 25”.
Esa ley, bien aplicada sacaría de circulación miles de armas portadas ilegalmente por ciudadanos y delincuentes que constituyen la causa principal de violencia, delincuencia y criminalidad.
Cuando el nuevo estatuto entre en vigencia, el individuo que perpetre un atraco a mano armada debe estar consciente de que le esperan entre 30 a 40 años de cárcel, y quien exhiba en la vía pública un arma ilegal purgará hasta cinco años de prisión. Esa ley es positiva y oportuna.