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Presidente justifica seguir toque de queda

Presidente justifica seguir toque de queda

Prevenir los contagios por coronavirus y reducir la cantidad de muertes por la covid-19 son los argumentos principales del Poder Ejecutivo para extender por otros 25 días el toque de queda vigente desde el pasado 20 de julio.

Mientras que la extensión del estado de emergencia nacional por 45 días, aprobado por el Congreso Nacional, entra en vigencia mañana y finaliza el 17 de octubre.

Mediante el Decreto 430-20, el Poder Ejecutivo restableció el estado de emergencia, mientras que por el decreto 431-20 establece el toque de queda. Finalizado el período de toque de queda el 27 de septiembre el mandatario podría extenderlo por 20 días más para abarcar por completo el estado de emergencia.

Asimismo se dispuso que el toque de queda sea en los mismos términos en que se aplicó el 20 de julio pasado.

El presidente Luis Abinader dijo que durante el estado de excepción se recurrirá a restricciones en la libertad de tránsito y de asociación y reunión consagrada en la Constitución de la República.

En el decreto 430-20, el Presidente advierte que con la autorización del Congreso se dispondrá “en virtud de recomendaciones de organismos internacionales especializados y expertos en la materia, restricciones proporcionales y temporales a las libertades de tránsito, asociación y reunión”.

El artículo 266 de la Constitución, literales “h” y “j” del numeral 6 permiten restringir la libertad de tránsito, dispuesta en el artículo 46 de la Constitución y las libertades de asociación y de reunión.

Asimismo, se refiere a la suspensión de derechos prevista en la Ley 21-18 que regula los estados de excepción.

Mientras que el artículo 11 de la Ley 21-18, relativo a la suspensión de derechos, explica que “en los estados de conmoción interior y de emergencia solo podrán suspenderse los siguientes derechos reconocidos por la Constitución de la República”.

A los derechos que hace referencia ese artículo son la privación de libertad sin causa justificada o sin las formalidades legales, los plazos de sometimiento a la autoridad judicial o para la puesta en libertad.

También el traslado desde establecimientos carcelarios u otros lugares, la presentación de detenidos, lo relativo al habeas corpus, la inviolabilidad del domicilio y de recintos privados.

UN APUNTE

Desde marzo

El país lleva seis meses en toque de queda desde que inició la pandemia del coronavirus el primero de marzo de este año, aunque algunos barrios han hecho caso omiso a las medidas preventivas para detener la propagación del virus que a la fecha ha matado 1,738 personas en RD.