El mismo día que un juez impuso medida de coerción de un año de prisión contra cuatro personas señaladas como parte de una multitud que mató y prendió fuego a un supuesto ladrón en Villa Mella, otra muchedumbre linchó a un presunto delincuente en Dajabón. Ominosas señales de primitivismo.
Vecinos de una barriada de Santo Domingo Norte ultimaron a pedradas y garrotazos a German Jiménez Martínez, de 18 años, a quien en estado agónico rociaron su cuerpo con gasolina y prendieron fuego, un acto de barbarie que requiere y merece repulsa colectiva.
Censurable ha sido también el linchamiento de un ciudadano haitiano en el Barrio Norte, de Dajabón, a manos de una multitud que lo acusó de formar parte de una banda de ladrones. Y es que ningún particular puede arrogarse la potestad de decretar pena de muerte.
La figura del arresto ciudadano ha tenido ascendencia en comunidades con escasa presencia policial, pero se limita a la detención de personas sorprendidas en flagrante delito, las cuales deben ser entregadas de inmediato a una autoridad pública.
Nadie, absolutamente nadie tiene derecho a flagelar o asesinar a una persona bajo ningún tipo de argumento jurídico o moral, por lo que quienes incurren en linchamiento se hacen reos de sufrir largas condenas de cárcel.
La sociedad dominicana, si se aprecia de civilizada, está compelida a condenar de la manera mas enérgica posible, ese destape de primitivismo cada vez más frecuente, que ha llegado al extremo de quemar vivo a un ser humano.
Ministerio Público y Policía están compelidos a identificar a todos los participantes en esos linchamientos para traducirlos a la justicia en la esperanza de que reciban ejemplares condenas por la comisión de esos asesinatos.
La participación ciudadana en casos de flagrante delito -la comisión del crimen ha sido perpetrada ante o frente a un fugado de la justicia- se limita a su apresamiento, tras lo cual el prevenido debe ser entregado a la autoridad competente. Ninguna persona tiene derecho a tomarse la justicia en propias manos.