El Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático, CNLCC, solicitó al primer vicepresidente de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), Rubén Jiménez Bichara, los informes de las pruebas a que han sido sometidas las plantas de Punta Catalina, y copia del acuerdo suscrito entre la corporación estatal y Odebrecht en Nueva York que puso fin al arbitraje interpuesto por la empresa brasileña contra el Gobierno dominicano, y otros documentos.
Tan pronto reciba los documentos solicitados los someterá al escrutinio de expertos nacionales e internacionales, con la finalidad de que sean evaluados y se determine la situación real en que la CDEEE y el Gobierno están recibiendo las plantas de carbón de Punta Catalina.
Es muy importante que se comience a verificar si el país está recibiendo en Punta Catalina por lo que pagó más de US$3,500 millones.
Depositó cartas en la CDEEE solicitando estos documentos, amparado en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, 200-04, ya que estos documentos son por su naturaleza deben ser conocidos por toda la opinión pública nacional.
Entre los documentos solicitados están el informe de la prueba VEROPE realizada por el ingeniero Serafín Canario a la unidad número uno, el informe de pruebas de campo, puesta en marcha y rendimiento de las unidades uno y dos y el acuerdo completo y final sobre todas las disputas existentes hasta la fecha por el Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella y el Gobierno dominicano, debido a trabajos adicionales y extensión de tiempo en Punta Catalina, suscrito ante la Corte de Arbitraje de Nueva York, EUA.
También demandó copia de los certificados de recepción provisional total de las unidades uno y dos de Punta Catalina emitidos por la CDEEE, a favor del Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella, de acuerdo al artículo 10.6 del contrato de esta obra de fecha 14 de abril de 2014.
Igualmente solicitó copia certificada del formulario TS-01 del Contrato PC firmado entre el Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella y la CDEEE, el protocolo de pruebas de campo, puesta en marcha y rendimiento acordado entre la CDEEE y el Consorcio, y copia certificada de la Sección 004323 de las especificaciones técnicas del contrato de Punta Catalina.
Enrique de León