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PUNTOS… Y PICAS

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Carlos Manuel Estrella

Lesividad al erario

Los nuevos integrantes de la Cámara de Cuentas (CC) han marcado un precedente con la decisión adoptada en pleno para dejar sin efecto un contrato de servicios profesionales, suscrito por sus antecesores, que comprometía el futuro de la institución, reñía con la ética y era lesivo al erario.

La ejemplar y moralizante disposición también suspende los efectos de contrataciones y actuaciones administrativas aprobadas en la resolución de los pasados funcionarios hasta que el caso mediante sentencia definitiva adquiera lo que en derecho se llama “autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada”.

En una resolución sin precedentes, los actuales fiscalizadores del uso de recursos del erario cumplen el debido proceso y en 47 páginas del documento exponen con precisión consideraciones y hechos consumados que justifican el carácter lesivo de las actuaciones de aquellos que las invalidan legalmente.

Los anteriores titulares del órgano superior para control y auditoría del sector público son cuestionados por la inoperancia efectiva y consciente para cumplir su delicado rol que llegó al escándalo cuando el Ministerio Público se vio compelido a allanar la sede de la CC en busca de información negada.

El argumento básico de la Cámara de Cuentas es la lesividad para el interés público de contratación de abogados para defender a los cuestionados servidores salientes luego de cesar en funciones y que ese negocio jurídico puede ser impugnado en el Tribunal Superior Administrativo para su nulidad.

Esta actuación novedosa, cumplimiento del deber como servidores, responsabilidad y moralidad en la gestión, marca un precedente de la Cámara de Cuentas que debe estimular otras acciones similares en otros ámbitos para propagar el adecentamiento de la función pública, señal de verdadero cambio.