Santo Domingo.-Quedarían desiertas las candidaturas de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas en las demarcaciones donde no cumplan con el 40 por ciento de la cuota femenina, tal y como lo establece el artículo 53 de la Ley de Partidos.
Mientras la presidenta de la Comisión de Equidad de Género de la Cámara de Diputados, Magda Rodríguez, informó que el pasado jueves intimaron a la Junta Central Electoral (JCE) a que entregue las listas de candidatos presentados por los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Revolucionario Moderno (PRM), tras la celebración de sus primarias el pasado 6 de octubre para determinar si cumplieron con la norma.
El artículo 53 que de la Ley 33-18 de Partidos Políticos, que versa sobre la cuota de género establece en su párrafo 1: “La Junta Central Electoral y las juntas electorales no admitirán lista de candidaturas para cargos de elección popular que contengan menos del cuarenta por ciento (40%) y más del sesenta por ciento (60%) de hombres y mujeres”.
“En los casos que no se cumplieran estas obligaciones, la Junta Central Electoral y las juntas electorales devolverán dicha lista al partido, agrupación o movimiento político que corresponda, para que en un plazo no mayor de setenta y dos horas cumplan con la ley, de lo contrario, no se aceptarán las postulaciones a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos en las demarcaciones electorales donde no se haya cumplido este requisito legal, declarándose desierta la presentación de candidatos por el partido, agrupación o movimiento político en esa demarcación”, indica el párrafo de dicha pieza.
Rodríguez dijo que esperan que en la semana entrante la JCE esté dando respuesta a su petición de listas de candidatos presentados por el PLD y el PRM. Opinó que los partidos debieron contemplar en sus estatutos lo establecido en las leyes electorales sobre los derechos políticos de las mujeres.
Afirmó que apelará a as la acciones y recursos administrativos y judiciales disponibles para que se respete la participación política equilibrada de la mujer que consagra el acápite 5 del artículo 39 de la Constitución.
El TSE
Recordó que el pasado 30 de octubre el Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó que el 40 por ciento de la cuota de género sea aplicada por demarcación, no de la propuesta nacional como pretenden los partidos.
Un apunte
Respaldan mujeres
El Instituto de Investigación de Género y Profamilia demandaron de los partidos políticos garantizar el derecho constitucional a la participación política equilibrada de la mujer, y, de no hacerlo, la Junta Central Electoral (JCE), deberá cumplir su rol y rechazar, tal como prevé la Ley de Partidos 33-18, cualquier lista de candidaturas que irrespete dicho mandato. La Ley de Partidos dice que la JCE y las juntas municipales rechazarán las listas que no contengan el 40% de cargos para las mujeres.

