Sentencia TSE
Base jurídica
Lo político ha sido lo que más ha primado en la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) sobre el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), pero de ninguna manera es la esencia. Por los intereses es normal que sectores apelen a lo político para acreditar o desacreditar la decisión, pero sin dejar de reconocer que el centro de la controversia es el elemento jurídico.
No fue la más afortunada la manera en que el presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, pidió a la Cámara de Diputados investigar si procedía un juicio político a los jueces del TSE que emitieron el fallo, pero no ha de ignorarse que con la petición tampoco se viola la ley. Hay muchas opiniones de abogados prominentes sobre la sentencia.
El abogado Julio Cury estima que el fallo que anuló la asamblea del PRD desacata una decisión sobre el conflicto del Tribunal Constitucional. Esa violación -sostiene- permite el juicio político a los jueces que emitieron el fallo. Sin embargo, el vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, afirma que la sentencia no desacata el fallo que había dado el Constitucional.
Hay mucha dispersión, pero el quid del asunto está en si el TSE actuó o no con apego a la Constitución. Al margen de cualquier interés, opiniones jurídicamente tan bien fundamentadas como la de Cury y Castaños Guzmán, así como la de otros abogados, son aportes en la discusión de un caso que por su dimensión ha acaparado la atención de la opinión pública.

