La ley 6-86 especializa el 1% del valor de todas las obras construidas en el país, públicas y privadas, para la creación de un fondo común de servicios sociales, pensiones y jubilaciones de los trabajadores sindicalizados del área de la construcción y todas sus ramas afines. De la recolección de los recursos se ocupa la Dirección de Impuestos Internos que los remite al Banco de Reservas.
La misma ley crea el Consejo Técnico de Administración y Control de los fondos, que integran el ministerio de Trabajo, la Dirección de Pensiones y Jubilaciones del Estado, dos representantes de la Federación Nacional de Trabajadores de la Construcción y representantes de distintos sindicatos afines al sector. La aclaración es pertinente, pues las cosas que se explican se entienden con más facilidad.
En el marco del festival de reclamos sociales de estos días hemos visto, no sin inquietud, como se ha intentado colar gato por liebre con el deliberado propósito de crear malestar y confundir a una población aturdida por una crisis de componentes importados.
La Ley 6-86 crea fondo para trabajadores construcción
La Federación Nacional de Trabajadores de la Construcción, que no debe ignorar la ley 6-86, ha amenazado con manifestaciones para presionar a las AFP a que entreguen a los trabajadores el 30% de los fondos de pensiones, en lo que ha insistido sin éxito el diputado por el PRSC Pedro Botello.
Deja mucho que desear y cualquiera se resiste a aceptar que un gremio que se beneficia de una ley especial se deje confundir en sus reclamos por hacer causa común con una demanda politiquera y populista que, por demás, atenta contra los intereses de sus miembros.
Se puede estar seguro de que a la federación no se le ocurriría solicitar que se reparta un porcentaje de los fondos acumulados por concepto del 1% porque sabe que sería catastrófico para sus miembros.
Para evitar desvíos y desvaríos se impone una buen dosis de sensatez.
Por: Luis Manuel Báez
lmanuelbaez@gmail.com

