La Alianza Dominicana Contra la Corrupción (Adocco) respaldó la sentencia del Tribunal Superior Administrativo que rechaza la solicitud de medida cautelar interpuesta por un grupo de directores regionales contra la ordenanza 24-2017 del Ministerio de Educación, mediante la cual se designó a través de ternas a los 18 titulares de las direcciones regionales de ese organismo.
Julio César de la Rosa Tirburcio, coordinador de la entidad, consideró que, al igual que el Tribunal, entiende que la resolución del Ministerio de Educación crea un proceso competitivo para la selección de los que ocuparían las funciones de directores regionales y distritales.
Dijo que el Tribunal reconoció que la ordenanza no es violatoria, debido a que el Consejo Nacional de Educación tiene facultad para dictar ordenanzas que reglamenten situaciones dentro de sus competencias “según dispone la letra ‘O’ del artículo 78 del instrumento legal”.
La sentencia 030-01-2018 señala que la Ley de Educación (66-97), en su artículos 109 y 115, establece el modo de nombramiento de los directores de dos maneras: la primera, “los directores regionales serán designados directamente por el ministro de Educación”, y la segunda establece que “los directores distritales serán escogidos por el mismo funcionario, seleccionados de una terna presentada por la Junta Regional de Educación y Cultura”.
“Aquí hay que decir que el sistema de selección establecido por la Resolución atacada (24-2017) no violenta en esencia los textos de la ley anteriormente mencionada, al momento de imponer ternas a ser presentadas al ministro de Educación para la escogencia de dichos funcionarios por parte de la Co misión Nacional y las Juntas Regionales”, indica la resolución del Tribunal Superior Administrativo.
Establece que todo lo expuesto va de la mano con el principio de eficiencia que debe regir el accionar de la administración pública, ‘”como lo establece el artículo 138 de la Constitución”, así como el mérito, profesionalización y especialización como valores del estatuto de la función pública.
Para De la Rosa Tiburcio, constituye un precedente el que se haya establecido la inexistencia de pruebas de que los directores distritales y regionales que desempeñaban la función antes de la ordenanza hayan accedido a los puestos mediante concurso público.
UN APUNTE
El fondo
Todavía el Tribunal Superior Administrativo no ha emitido una sentencia definitiva con relación al recurso de amparo interpuesto por un grupo de profesores, que persigue que la ordenanza del Ministerio de Educación sea declarada contraria a las leyes dominicanas