¿En qué consiste la diplomacia parlamentaria, en el ámbito de las actuales relaciones internacionales?
Debo iniciar precisando que la diplomacia actual se caracteriza por la diversidad de sus formas de ejecución y subtipos, cada uno adaptado a objetivos específicos y circunstancias particulares.
Como referencia histórica, debe recordarse, que el vocablo diplomacia parlamentaria fue introducido por Dean Rusk, un académico y político estadounidense.
La diplomacia parlamentaria es esencialmente una forma de ejecución, en el ámbito multilateral, de la diplomacia convencional, como también lo es la diplomacia de conferencia, y cuyo propósito básicamente es alcanzar acuerdos mediante la creación de mayorías dentro de las instituciones internacionales existentes.
La diplomacia parlamentaria en su desarrollo en el seno de los organismos internacionales, evoca la dinámica de los diversos grupos regionales y tiene similitud al cabildeo legislativo en busca de apoyos y de la correspondiente concertación, y a las maniobras en las asambleas nacionales, de ahí viene su nombre (Plano).
Una de las fortalezas de la diplomacia parlamentaria radica en su capacidad para facilitar “la representación de intereses y aspiraciones de los Estados menos poderosos de manera articulada y tangible”. Esto se logra, con la estratégica participación de los delegados acreditados por Estados que participan en las negociaciones.
Además, esta modalidad de ejecución de la diplomacia contribuye significativamente al desarrollo de normas de comportamiento político y al trabajo preparatorio de la legislación internacional.
Ahora bien, en los últimos años, ha surgido una perspectiva adicional de la diplomacia parlamentaria, que se centra en las actuaciones legislativas y las decisiones de los Parlamentos con implicaciones internacionales y que para determinados autores debe enmarcarse en el campo de la paradiplomacia.
Con una visión amplia, en su alcance, para abordar temas de interés global, como derechos humanos, integración, medio ambiente, migración y narcotráfico.
De hecho, determinados tratadistas del Derecho internacional público incluyen a los Parlamentos entre los órganos centrales para las relaciones exteriores, basándose en la creciente participación activa de los Parlamentos en asuntos internacionales, especialmente, en la formulación y control de la política exterior en ciertos países.
En efecto, los Parlamentos, junto con los Jefes de Estado y las Cancillerías, desempeñan un papel fundamental en la toma de decisiones diplomáticas importantes.
La diplomacia parlamentaria enfocada a los Parlamentos no se limita a las relaciones interparlamentarias. También abarca aspectos legislativos y decisiones con implicaciones internacionales.
Según la legislación interna de cada país, los Parlamentos no solo aprueban tratados, y ejercen el control preventivo de estos , antes de su ratificación, sino que igualmente aprueban los nombramientos de Embajadores y Jefes de Misiones Permanentes acreditados en el exterior que le someta el Presidente y, asimismo, participan en decisiones clave relacionadas “con la guerra y la paz”. Asimismo, tienen “participación indirecta” mediante el trabajo de comisiones, del debate plenario, de las interpelaciones a Cancilleres y pedidos escritos de información.
Evidentemente, todo ello siguiendo siempre el Principio de Unidad de Acción Exterior del Estado.