Carta de los Lectores

Sobrefacturación

Sobrefacturación

Cartas

El Observatorio Nacional para la Protección del Consumidor (ONPECO) ha pedido a la Superintendencia de Electricidad, al PROTECON y al Gobierno dominicano que revisen la fórmula que se utilizó para medir el consumo de energía eléctrica de los hogares y empresas durante la pandemia, ante denuncias por la sobrefacturacióna en marzo y abril.
Las facturas han sido duplicadas con relación a los meses anteriores, pese a que los usuarios de energía eléctrica de establecimientos comerciales y otras empresas e instituciones estuvieron cerrados por el estado de emergencia decretado por el Gobierno
ONPECO entiende que los usuarios afectados no deben pagar la sobrefacturación de las EDES, porque estas empresas comerciales no han hecho el uso acostumbrado en sus instalaciones, respetando el estado de excepción vigente, por lo que han permanecido cerradas, y esta alza injustificada constituye una violación al artículo 68 de la Constitución que obliga a respetar el orden institucional y las reglas jurídicas tomadas por el Estado en una situación tan especial como la que se vive por la pandemia.
Tanto la Ley número 21-18 sobre los estados de excepción, como la Ley 358-05 sobre los derechos del consumidor, junto a la propia ley natural de las EDES que lo es la 125-01 y sus modificaciones, prohíben cobrar energía no servida o no consumida, supuestos que concurren en el presente, debido al estado de emergencia imperante en todo el territorio nacional, por lo que resulta ilógico hablar de alto consumo de energía en locales y apartamentos cerrados.
Las instituciones como la Superintendencia de Electricidad, cuya existencia se corresponde con la construcción del Estado social de derechos debe ya, en aplicación de los artículos 164 y 165 de la Constitución, investigar a fondo la irregularidad y dar una respuesta válida a todos los usuarios del servicio de energía.
Los afectados deben accionar, porque debemos pagar lo consumido, no lo promediado ya que al parecer no verificaron los medidores, sino que promediaron. Hay viviendas que están cerradas y el recibo les ha llegado hasta el triple de lo que normalmente pagan en tiempos normales.
Los usuarios no deben pagar facturas sobre locales o apartamentos cerrados. Es una práctica tradicional que locales y apartamentos que sus dueños mantienen cerrados por diversas razones las EDES aprovechen la ocasión para abusar de sus usuarios valiéndose de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, lo cual viola la Ley 358-05 sobre los derechos del consumidor.
Lic. Altagracia Paulino

El Nacional

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