La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) condenó al Estado dominicano y a un exprocurador fiscal por la detención injusta de un ciudadano, tras una batalla judicial que se extendió por más de una década.
El Estado dominicano deberá pagar RD$2,000,000.00, mientras que el exfiscal Viloria Santos fue condenado a pagar RD$250,000.00, para un total de RD$2,250,000.00 en compensación a favor de Manuel José de la Rosa Romero.
El fallo, contenido en la sentencia 30-03-2025-SSEN-00525, dictada el 3 de octubre de 2025, declaró la responsabilidad patrimonial del Estado y del entonces procurador fiscal William de Jesús Viloria Santos por los daños y perjuicios sufridos por De la Rosa Romero, quien permaneció en prisión preventiva de manera injustificada.
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El TSA condena al Estado dominicano por detención injusta, ordenando indemnización de RD$2,250,000.00
De la Rosa Romero inició su reclamo en junio de 2013, tras denunciar el calvario vivido al ser arrestado, imputado y privado de libertad sin pruebas suficientes. Su lucha incluyó años de apelaciones, revisiones judiciales y decisiones contradictorias que retrasaron el reconocimiento de la injusticia cometida.
Inicialmente, el TSA había rechazado su demanda en 2019. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia (SCJ), a través de su Tercera Sala, intervino en 2022 y casó la decisión, ordenando una nueva evaluación sobre la correcta aplicación de los artículos del Código Procesal Penal (CPP) que garantizan el derecho a indemnización por detenciones arbitrarias.
El proceso volvió a complicarse tras un segundo rechazo del TSA, pero la SCJ, mediante la sentencia SCJ-TS-25-0435 del 20 de marzo de 2025, fue tajante: “La privación de libertad no puede considerarse un sacrificio legítimo cuando el proceso termina en una absolución por falta de pruebas.” La Suprema estableció que se violó el debido proceso al ignorar el régimen indemnizatorio que protege a los ciudadanos frente al abuso del poder penal.
Según los hechos probados, De la Rosa Romero estuvo encarcelado durante más de ocho meses, desde agosto de 2011, sin que existieran pruebas sólidas que justificaran su detención. Finalmente, fue liberado mediante un Auto de No Ha Lugar núm. 147-2012, que descartó totalmente la acusación. Durante su prisión, sufrió daños morales, familiares y económicos, tras ser esposado y sometido a interrogatorios sin asistencia legal adecuada.
El TSA fundamentó su decisión en el artículo 148 de la Constitución y la Ley 107-13, que establecen la responsabilidad solidaria del Estado por los actos ilícitos cometidos por sus funcionarios. El tribunal concluyó que el caso constituye una clara responsabilidad patrimonial objetiva, pues la libertad del ciudadano fue sacrificada de forma indebida, aun cuando la medida preventiva haya sido dispuesta judicialmente.
En consecuencia, el TSA acogió la demanda en cuanto al fondo, revocando las decisiones anteriores que limitaban la reparación a los errores judiciales formalmente declarados. Este fallo amplía el alcance del derecho a la indemnización y se convierte en precedente clave para otros ciudadanos víctimas de detenciones arbitrarias o preventivas infundadas.
El Tribunal también declaró el proceso libre de costas, en un gesto de justicia reparadora hacia un ciudadano que luchó más de doce años para que el Estado reconociera su error.
La sentencia ordena su publicación, estableciendo un precedente firme sobre la tutela judicial efectiva y la responsabilidad del Estado frente a las privaciones injustas de libertad.

