El código fue creado con el propósito de integrar en un mismo volumen las diversas leyes de una amplia rama del derecho, a fin de hacer más fácil su uso y comprensión. En ese sentido, el Diccionario de la Real Academia Española lo define como sigue: “1. Conjunto de normas legales sistemáticas que regulan unitariamente una materia determinada. 2. Recopilación sistemática de diversas leyes”.
Cuando se habla de código es imprescindible mencionar uno de los más trascendentes de la historia: el monumental Código de Justiniano, publicado menos de un año después de que el gran emperador romano-bizantino, Flavius Petrus Sabbatius Iustinianus, asumiera la conducción del Imperio Romano, el 1 de agosto del 527. Este código, conformado por las diversas leyes romanas, contenía las compilaciones de la totalidad de las constituciones imperiales, con el propósito de que se usara tanto en los tribunales como en la enseñanza.
Sin embargo, una de las obras más grandiosas del derecho fue el Código Napoleónico, el cual tuvo tal significado para el emperador francés, Napoléon Bonaparte, que respondiendo a una pregunta proclamó: “Mi verdadera gloria no está en haber ganado cuarenta batallas; Waterloo eclipsará el recuerdo de tantas victorias. Lo que no será borrado, lo que vivirá eternamente, es mi Código Civil”.
Tanta razón tuvo el gran corso, que, por ejemplo, en la República Dominicana, 221 años después de la promulgación del Código Civil napoleónico, se continúa utilizando como el primer día en los tribunales, con la esperanza de que algún día sea reformado. Es justo recordar que se trata del código que eliminó para siempre el feudalismo y consolidó las principales conquistas de la Revolución Francesa, tales como la igualdad jurídica, la individualidad de la propiedad, la libertad de trabajo, el principio de laicidad, la libertad de conciencia y la separación de los poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Antes de la promulgación del nuevo Código Penal, por el presidente Luis Abinader, el pasado 3 de agosto, el Poder Legislativo dominicano solo había aprobado en el primer cuarto del siglo XXI el Código Procesal Penal, que fue promulgado por el expresidente Hipólito Mejía el 19 de julio del 2002.
¿Por qué le ha resultado tan cuesta arriba a los legisladores aprobar las reformas de los viejos códigos? Como una muestra del desinterés del legislador por tocar los viejos códigos está la sobrevivencia del Código Civil Francés o Código Napoleónico, el cual fue promulgado en Francia el 21 de marzo de 1804.
No se debe dudar que el actual congreso, con la altísima representación del Partido Revolucionario Moderno, con 144 diputados y 29 senadores, aprobará el Código de Trabajo en las primeras semanas de la legislatura que se iniciará el 16 de agosto, y retomará la reforma del Código Civil de Napoleón. Por tanto, el desafió del PRM es garantizar que el Congreso Nacional sea ampliamente productivo.
Por otro lado, se debe tomar en cuenta como un factor importante para la productividad de las cámaras de Senadores y de Diputados, es el hecho de que el presidente, Luis Abinader, tiene el propósito de ser recordado como un presidente reformador.