Opinión

PUNTOS… Y PICAS

PUNTOS… Y PICAS

Carlos Manuel Estrella

Migración y nacionalidad

 

La permanente confusión, nacional e internacional, respecto al diferendo Haití – República Dominicana pese a esfuerzos diplomáticos por explicarlo y aclararlo, obliga a reiterar la distinción entre migración y nacionalidad, componentes claves del problema.

Interesada y aviesamente en perjuicio del país, desde el exterior se promueve que el estado dominicano realiza repatriaciones masivas, discrimina y/o maltrata a nacionales haitianos y viola pactos y convenciones internacionales sobre derechos humanos.

Esas acusaciones son falaces. En ejercicio de soberanía, República Dominicana tiene libertad para establecer, como lo hacen todos los estados, controles migratorios y aplicar su legislación sobre permanencia y condiciones de estadía de cualquier extranjero en su territorio.

En agosto de 2004 el Congreso Nacional aprobó una ley migratoria que ordenaba realizar el Plan de Regulación de Extranjeros una vez elaborado el reglamento de aplicación de la nueva normativa, encomendado al Poder Ejecutivo para concluirlo en seis meses.

Pasaron dos gobiernos sucesivos y fue el presidente Danilo Medina quien finalmente preparó el reglamento forzado por las circunstancias de la fatídica sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC) que ordenaba se concretara el plan y que estimuló al gobierno a proponer la hoy ley 169-14.

Esta legislación corrigió aberraciones de la sentencia del TC al establecer un régimen especial para inscritos irregularmente en el registro civil, para restituirle la nacionalidad a dominicanos de ascendencia haitiana nacidos en este territorio y también estableció la regularización de extranjeros.Esa es la verdad y cronología fáctica. Con respecto a haitianos migrantes, que es el problema real, no se les niega ningún derecho sino que el estado ejerce su competencia para registrarlos y regular su estatus jurídico en el país, en un plazo de 48 meses ya agotados.

El asunto de los nacidos aquí de padres extranjeros antes de 2010 es otra cuestión, que es el reconocimiento de nacionalidad por el jus soli.

El Nacional

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