Opinión

PUNTOS… Y PICAS

PUNTOS… Y PICAS

Inhibición y recusación

 

La magistrada Miriam Germán Brito, honorable, declaró que el juez tiene derecho a ser afín a la idea política y social que mejor le plazca, a propósito del tranque en la Corte Suprema con el caso Félix Bautista y compartes.
Y precisó que a “lo que no tiene derecho es a juzgar a las personas con parámetros diferentes, si piensa o no como él, así como el que pierde tampoco tiene derecho a buscar la carga en la reputación del juez”, notoria defensa de individualidad personal y ética jurídica.
El empate 2-2 en votación del caso de corrupción y lavado de activos imputado al director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE) del gobierno de Leonel Fernández se plantean conflictos de intereses y sospechas legítimas contra parte de juzgadores.
En el ideal de justicia de dar a cada quien lo que le corresponde, existen las figuras de inhibición, atinente al juez para rehusar decidir, y recusación, facultativa de las partes para objetar y separar un juzgador de la función jurisdiccional, como este caso.
Ante el dilema ético de tener o haber tenido lazos afectivos, políticos, laborales o de otra índole con un justiciable, la posición honorable del juez es inhibirse para sustraerse del proceso, sin necesidad que terceros cuestionen su idoneidad.
De no hacerlo, partes tienen derecho a recusarlo por sospecha legítima de que vínculos, presentes o pasados, reales o ficticios, sean tan fuertes que influyan en decisión adopte y pierda neutralidad como juzgador.
El tranque 2-2 en sala penal de Corte Suprema, que debió tener cinco jueces y que transfiere para 22 de septiembre la decisión de revocación o ratificación del no ha lugar favorable a Bautista, evidencia parámetros diferentes en juzgadores de carrera y “enganchados”.
Rémora partidista será clave decisión final si quinto juez no es de carrera. “¡Aprobado!”.

El Nacional

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