Economía

Ve atentado a legalidad seguridad social

Ve atentado a legalidad seguridad social

El Nacional
La presidenta de la Confederación Patronal (Copardom)  dijo que la creación mediante el  decreto  342-09 del Plan de Servicios de Salud Especial Transitorio para incorporar los pensionados y jubilados del Estado a un supuesto régimen especial  que no está previsto en la Ley 87-01, “es un atentado a la legalidad e institucionalidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS)”.

La doctora Marisol Vicens recordó  que la Ley 87-01 que crea el  SDSS establece que el Consejo Nacional de la  Seguridad Social (CNSS) es el órgano responsable de la dirección y conducción del SDSS, y que bajo ninguna circunstancia se debe tomar decisiones al margen de lo que establece la ley que le regula.

Expresó  que “la imposición por decreto de la propuesta gubernamental es una intervención inaceptable en la institucionalidad del SDSS que compromete la credibilidad del SDSS, pues crea un lamentable precedente de que cada decisión que el sector gubernamental no logre aprobar en el seno del órgano rector tripartito sería impuesta por decreto, lo que vulnera la seguridad jurídica en el SDSS y erosiona la confianza de los actores en el mismo”.

Añadió que la ley 87-01 que crea el SDSS sólo contempla tres regímenes: contributivo, subsidiado y contributivo subsidiado, y que no prevé la posibilidad de crear regímenes especiales como propuso el sector gubernamental y mucho menos por decreto, ya que un decreto no puede dictaminar más allá de la ley.

Vicens recordó que los representantes del sector empleador ante el CNSS han señalado que los pensionados anteriores a la entrada en vigencia de la Ley 87-01 deben tener cobertura dentro del sistema de salud a través de uno de los regímenes que contempla la ley, siendo el único al que pueden ser incorporados conforme a la legislación que regula el SDSS, el régimen subsidiado, propuesta que fue rechazada por el propio sector gubernamental.

La presidenta de Copardom manifestó que si bien es cierto que dentro del CNSS no se pudo llegar a un consenso entre los diferentes sectores respecto al tema, no menos cierto es que la decisión unilateral asumida por el Gobierno para dar cobertura a los pensionados por un período de apenas ocho meses sin que se establezca lo que sucederá respecto a su cobertura vencido ese período, marca otro eslabón en la violación a la institucionalidad, el diálogo y la concertación social que debe primar en órganos tripartitos como es el caso del CNSS, lo que desacredita y pone en cuestionamiento el objeto del Consejo Nacional de la Seguridad Social como órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

El Nacional

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