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El recordado intelectual y padre jesuita José Luis Alemán escribió: “Si queremos desterrar el populismo necesitamos ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes. Una sociedad dual sólo es justificable por la extrema pobreza de parte de sus componentes y es increíblemente costosa”. Esta lúcida sentencia a propósito de la nueva Constitución proclamada el 26 de enero del año en curso que integra al “bloque de constitucionalidad” un extenso catálogo de derechos económicos y sociales, culturales, deportivos y medioambientales que el Estado estará en el deber de proteger y tutelar.

Al respecto, comparto con el amable lector algunas de las interesantes ideas y propuestas del destacado jurista y gran amigo Eric Raful en su ensayo titulado “Democracia: La lucha contra la exclusión social”. El autor entiende que las orientaciones normativas de estos derechos constitucionalizados “deberán servir de guía para la inauguración de procesos en las relaciones entre la población y la sociedad política que incidan en la superación de la marginalidad, la cual constituye el factor de mayor incidencia en el fenómeno de exclusión social. Se trata de un gran reto, inédito en nuestra tradición jurídica, para viabilizar el salto a un régimen democrático social en cuyo tránsito el derecho deberá jugar un papel fundamental”.

Luego de los avances de una reforma procesal penal de acento garantista que experimentamos desde hace un lustro, también ahora la lucha contra la exclusión social también deviene tarea constitucional con la consagración en el nuevo texto de garantías a los derechos fundamentales. Sin embargo, para el licenciado Raful “La consagración del garantismo presupone que para que los derechos sean tales, éstos no deben meramente existir y ser exigibles, sino que la tutela de los mismos debe de estar garantizable en términos jurídicos e institucionales”. Entonces surge la interrogante: ¿Qué hacer para que estos mecanismos sean en realidad eficientes?

Comparto con  Raful que para ello se necesita una toma de conciencia democrática de actores institucionales y de la sociedad: “Este empoderamiento, tanto de la población como de los actores institucionales, es imprescindible para la construcción de una ciudadanía capaz de ejercer los derechos, pues todos sabemos que cuando los derechos no se ejercen, no se reclaman, es como si no existieran”. (Igual sucede con los deberes fundamentales cuando no se conocen, ni se cumplen). 

Si bien la nueva Constitución mantiene el control difuso en la justicia constitucional en todo el ordenamiento jurisdiccional, concuerdo con el licenciado Raful en que con el recién creado Tribunal Constitucional “la República Dominicana tiene ante sí una gran oportunidad para que la justicia comience a tutelar derechos sociales fundamentales cuya resolución incida en el combate de la desigualdad y la marginalidad. Si tomamos el referente de Colombia podríamos observar la  labor a favor  de  los  derechos  sociales  que  la  jurisdicción  constitucional  viene realizando, pues hoy en día de cerca de 1,200 casos que conoce anualmente el tribunal constitucional, el 60% tiene que ver con reclamaciones relativas a derechos sociales”.

El Nacional

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