Participantes en el panel “Rol del periodismo en el fortalecimiento de la democracia. Entre otros, Namphi Rodríguez, Huchi Lora, Servio Castaño Guzmán y Edith Febles.
El abogado constitucionalista Namphi Rodríguez aseguró que el Tribunal Constitucional (TC) ha detenido la ola que pretendía elevar el castigo penal a los periodistas en el ejercicio de sus funciones.
“El TC ha detenido la ola que pretendía elevar el castigo punitivo a los periodistas como respuesta a las clamorosas voces del populismo penal que pretende resolver con elevación de las penas los problemas sociales”, señaló.
Consideró trascendente la labor de depuración de la legislación de libertad de expresión durante los períodos electorales que ha realizado el Tribunal Constitucional al expulsar del ordenamiento jurídico disposiciones de las leyes de Régimen Electoral y Partidos Políticos que representaban “trabas” para el debate público.
Al participar en el panel “Rol del periodismo en el fortalecimiento de la democracia”, junto a Huchi Lora y Servicio Tulio Castaños Guzmán, Rodríguez subrayó que los precedentes TC/0092/19, TC/0348/19 y TC/0052/22 indican que esa alta corte ha tenido conciencia de la compleja relación que existe entre medios de comunicación, plataformas digitales y procesos electorales.
Rodríguez destacó que el panel organizado por el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) y moderado por Edith Febles constituyó una “excelente oportunidad para destacar que las leyes 33-18, de Partidos Políticos, y 15-19, de Régimen Electoral, son cuerpos diseccionados y amorfos que requieren de una cirugía constitucional”.
Instó a los partidos a propiciar un proceso de reformas exento de “antinomias constitucionales” que dé paso a un debate deshinibido de la política y sus actores en las próxima elecciones.
Entre las ideas principales expuestas por Namphi Rodríguez en la actividad del CDP para celebrar el Día Nacional del Periodista están: que la sentencia TC/0092/19 declaró inconstitucional el artículo 44.6 de la Ley 33-18, de Partidos Políticos, que pretendía penalizar con penas privativas de libertad los “mensajes negativos” que afectaran en redes sociales a políticos.
En tal sentido, el TC ponderó que: “…la libertad de expresión es un pilar fundamental para el funcionamiento de la democracia y del Estado social y democrático de derecho. En toda sociedad abierta o verdaderamente democrática, es indispensable, pues, la protección y promoción de la libre circulación de información, ideas y expresiones de todo tipo. El Estado tiene un deber esencial de garantizar neutralidad ante los contenidos y que no queden personas, grupos, ideas o medios de expresión excluidos a priori del debate público”.
UN APUNTE
Libertad de expresión
Rodríguez consideró trascendente la labor de depuración de la legislación de libertad de expresión durante los períodos electorales que ha realizado el Tribunal Constitucional al expulsar del ordenamiento jurídico disposiciones de las leyes de Régimen Electoral y Partidos Políticos que representaban “trabas” para el debate público.
