El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) autorizó al Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) a seguir prestando servicios de salud a los trabajadores móviles u ocasionales del régimen contributivo de la construcción, agrícolas y portuarios.
El CNSS estableció que los empleadores de esos sectores seguirán pagando conforme el formulario C-37 y bajo los esquemas de administración dispuesto por el IDSS, hasta que el Consejo complete los estudios que permitan determinar a qué régimen deben afiliarse esos trabajadores.
El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) se compromete a garantizar el cumplimiento de la resolución número 192-08, relativa a la determinación del régimen al que deben afiliarse los trabajadores móviles u ocasionales.
