Economía

Comisión recibirá observaciones sobre importaciones del DR-CAFTA

Comisión recibirá observaciones sobre importaciones del DR-CAFTA

SANTO DOMINGO.-La Comisión para las Importaciones Agropecuarias abrió el proceso de recepción de documentos para las personas físicas y jurídicas que tengan observaciones a las asignaciones de contingentes arancelarios correspondientes al Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA).

El organismo oficial, que administra el acuerdo,  informó que las reclamaciones se atenderán en la Oficina de Tratados Comerciales Agropecuarios (OTCA) del Ministerio de Agricultura, desde  esta fecha  hasta el 29 de enero de este mes.

La relación de los beneficiarios con las partidas del 2013 fue publicada el pasado viernes 11, esta vez con la modalidad de que la expedición de los certificados de importación se hará por vía electrónica para mayor facilidad a los importadores.

Explicó que los beneficiarios de contingentes sólo necesitan presentar ante la Dirección General de Aduanas su cédula o el Registro Nacional de Contribuyente (RNC),  en caso de personas jurídicas.

Señaló que para todos los casos deberán presentar  el permiso de no objeción fitozoosanitario al momento de realizar la importación.

Para cumplir con el mandato del acuerdo, en la segunda reunión de la Comisión de Importaciones Agropecuarias, compuesta por los ministerios de Agricultura y de Industria y Comercio, y la Dirección General de Aduanas, junto a sus respectivos equipos técnicos, el organismo  estableció la metodología para la asignación de los Contingentes Arancelarios 2013.

Aprobó que aquellos solicitantes que presentaron toda su documentación en orden sean incluidos dentro del grupo de posibles receptores de los contingentes, tomando en cuenta las condiciones establecidas en el Decreto No. 705-10, que reglamenta estas asignaciones, clasificados entre importadores tradicionales e importadores nuevos.

De acuerdo al Reglamento establecido, a los tradicionales la Comisión les distribuyó el 80% del contingente y a los nuevos el restante 20%. 

El organismo explicó que para ese porcentaje de asignación de un contingente se trabajó cumpliendo con esa normativa, el cual se termina basado en el promedio de las importaciones del bien de que se trate que la empresa o persona haya realizado en los últimos tres años consecutivos.

Además, que tal como establece el Reglamento, empresas o personas que hayan recibido contingentes durante los años 2011 y 2012 y no los hayan utilizados ni devueltos dentro de la fecha establecida, no podrán participar de los contingentes del año 2013.

“Como establece el Reglamento, empresas o personas que hayan transferido o vendido Certificados de Contingentes Arancelarios 2012, quedan excluidas por dos años de las asignaciones de estos contingentes”, señaló la Comisión.

Informó que en el mecanismo de asignación trabajó un grupo de ocho técnicos,  tres de Agricultura, tres de la Dirección General de Aduanas y dos de Industria y Comercio, que tuvo la tarea de distribuir los contingentes arancelarios del DR-CAFTA con absoluto apego a lo que establece el Reglamento para la administración del acuerdo.

Indicó que el primer paso, luego de la recepción de las solicitudes,  fue evaluar la veracidad de la documentación sometida por los solicitantes, por lo que fueron automáticamente rechazadas las empresas o personas que presentaron documentos oficiales falsos, direcciones inexistentes o contratos de almacenamiento o de alquiler de cuartos fríos simulados.

Explicó que dentro del DR-CAFTA,  República Dominicana otorgó ciertos volúmenes de bienes agroalimentarios  de productos sensibles, los cuales son administrados por el país tal como lo establece artículo 3.13 de la Sección F, sobre los contingentes arancelarios para mercancías agropecuarias establecidos en el Apéndice I, o de ser aplicables, el Apéndice II ó III de su Lista al Anexo 3.3.

En ese sentido, el Artículo 3.13.1(a) establece que cada parte garantizará  que sus procedimientos para administrar sus contingentes sean transparentes, estén disponibles al público, sean oportunos, no discriminatorios, respondan a las condiciones de mercado, sean lo menos gravosos al comercio, y reflejen las preferencias del usuario final, precisó el la Comisión.

Destacó que el Artículo 3.13.1(c) del Acuerdo establece que no se debe asignar ninguna porción de una cuota a una asociación de la industria u organización no gubernamental.

También, que el Artículo 3.13.1 (d) establece que la función de las autoridades gubernamentales debe ser la de administrar sus contingentes, por lo que se descarta la asignación del mismo a ninguna institución  del Estado.

Agregó que el Artículo 3.13.1 (e) indica  que las asignaciones de las cuotas bajo sus contingentes se han de otorgar en cantidades de embarque comercialmente viables y, en la medida de lo posible, en las cantidades que los importadores soliciten.

Asimismo,  la Comisión indicó que el procedimiento establecido está apegado al espíritu de los Contingentes Arancelarios del DR-CAFTA, que es el de favorecer a los consumidores, especialmente a los más pobres, priorizando los segmentos de la cadena de comercialización que son el último eslabón de la cadena antes de llegar al consumidor final.

Precisó que la cantidad de embarque comercialmente viable se estableció en 22 toneladas métricas, salvo en el caso de que una empresa o persona que le tocare ese volumen  decida solicitar uno menor.

Estableció, además, “que los bienes agroalimentarios considerados insumos (leche en polvo, trimming, cortes de cerdos, etc) sean asignados con prioridad a las industrias procesadoras de esos bienes y luego al comercio organizado a los fines de disuadir la transferencia ilegal de certificados”.

 

El Nacional

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