Santo Domingo.- El Ministerio de Trabajo dio a conocer las fechas correspondientes a los días feriados del año 2026, en cumplimiento de la Ley 139-97, que dispone el traslado de los días festivos que coincidan con martes, miércoles, jueves o viernes hacia los lunes, con el propósito de fomentar el turismo interno y la planificación laboral.
La Ley 139-97, promulgada el 19 de junio de 1997 y publicada en la Gaceta Oficial No. 9957, entró en vigor el 27 de junio de ese mismo año, estableciendo que todos los establecimientos del país deben acatar las disposiciones sobre la aplicación de los feriados.
Días feriados aplicables en 2026
De acuerdo con lo establecido, el calendario laboral del año 2026 quedará distribuido de la siguiente manera:
- Jueves 1 de enero – Año Nuevo (no se cambia).
- Martes 6 de enero – Día de los Santos Reyes, se trabaja y el feriado se cambia para el lunes 5.
- Miércoles 21 de enero – Día de Nuestra Señora de la Altagracia (no se cambia).
- Lunes 26 de enero – Natalicio de Juan Pablo Duarte (no se cambia).
- Viernes 27 de febrero – Día de la Independencia Nacional (inamovible).
- Viernes 3 de abril – Viernes Santo (inamovible).
- Viernes 1 de mayo – Día del Trabajo, se trabaja y el feriado se cambia para el lunes 4 de mayo.
- Jueves 4 de junio – Corpus Christi (no se cambia).
- Domingo 16 de agosto – Día de la Restauración (no se cambia).
- Jueves 24 de septiembre – Día de Nuestra Señora de las Mercedes (no se cambia).
- Viernes 6 de noviembre – Día de la Constitución, se trabaja y el feriado se cambia para el lunes 9 de noviembre.
- Viernes 25 de diciembre – Día de Navidad (no se cambia)
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