Opinión Articulistas

Crímenes ecológicos

Crímenes ecológicos

Carlos Manuel Estrella

Las imágenes de la deforestación en áreas del distrito municipal de Buen Hombre, municipio Villa Vásquez en la provincia de Montecristi, son más que elocuentes de un caso de crimen ecológico, delito ambiental que viola derechos fundamentales de interés colectivo y que tiene consecuencias jurídicas.

El suceso adquiere dimensiones extraordinarias no solo por la gravedad del hecho en sí, sino por el tiempo de su ocurrencia, origen de la denuncia que lo convierte en escándalo, interés del presidente de la República al enterarse fuera del país y omisión de autoridades para cumplir sus responsabilidades.

El artículo 174 de la ley 64-00 indica que quien culposa o dolosamente, por acción u omisión, la transgreda o viole sus disposiciones, incurre en delito ambiental y, por tanto, responderá en los tribunales porque de toda agresión de este tipo nace una acción judicial contra el culpable o responsable.

Esta atribución es de orden público y se ejerce de oficio, por querella o denuncia, de forma que en este caso el Ministerio Público está obligado a actuar en un plazo no mayor de tres días después del hecho, para que las anomalías o daños sean corregidos a la brevedad y las infracciones conocidas por el tribunal.

Lamentablemente, la sanción penal más grave que impone la ley es la prisión correccional, desde seis días de privación de libertad hasta tres años, dejando a cargo del juez la valoración de circunstancias agravantes que incluyen la vinculación a los hechos, por acción u omisión, de funcionarios públicos.

Una ley con 24 años debe revisarse, los escándalos sobre medio ambiente y recursos naturales se suceden uno tras otro, hay evidencia de complicidades y/o tolerancia oficial, la depredación contra la naturaleza sigue latente y no hay respuesta condigna ni persuasiva de la autoridad. Todo esto tiene que cambiar.