El presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional, Néstor Pedro Sagües, calificó como una acción discriminatoria el limitar a 75 años la edad de los jueces que integran un Tribunal Constitucional, al tiempo de asegurar que la medida sólo sería justificable si igual requisito se estableciera para los senadores, diputados y presidentes de la República.
En realidad si se prohibiera a los mayores de 75 años ser jueces, tal vez, debería prohibirse también a los senadores y diputados mayores de 75 y al presidente mayor de esa edad, desempeñarse en el cargo. Es decir, si se hace como una regla general, tal vez tendría mayor fundamentación, precisó.
Sagües, quien participa en el país en el VII Encuentro Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional, organizado por el Comisionado para la Reforma y Modernización de la Justicia, dijo, además, que la facultad de un Tribunal Constitucional de revisar las sentencias de la Suprema Corte de Justicia debe ser restringida y ceñirse de manera exclusiva a temas constitucionales, no a temas civiles, penales, laborales, comerciales o administrativa.
También guiarse por el principio de máxima conservación, lo que significa que en lo posible las decisiones deben presumirse como constitucionales y consecuencia solo podrían ser modificables en los casos de incompatibilidad con la Constitución.
Sagües sostuvo que la edad de una persona no puede ser lo que justifique su capacidad o no, para integrar algún tribunal, ya que lo que debe primar es la formación.
En principio una discriminación por razón de edad no es aconsejable, salvo casos extremos, en realidad prefiero la selección por capacidad intelectual antes que por su edad, precisó.
Puso de ejemplo el caso de Argentina, donde la propia Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la disposición legal que establecía un límite de 75 años para integrar su Tribunal Constitucional.
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley orgánica del Tribunal Constitucional, el cual establece en el artículo 13, la edad de retiro para los jueces de ese tribunal un límite de 75 años.

