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Si en una circunstancia determinada de la vida de la organización política entran en conflicto la autodeterminación partidaria y la democracia interna, surge la pregunta de quién debe ser priorizado. La respuesta no es pacífica. Va a depender de la particularidad de cada caso porque groso modo no se puede decir cuál tiene más relevancia. En un conflicto de esa naturaleza en el que se esté confirmando que las actuaciones del partido han vulnerado el principio democrático, entonces esta última debe primar debido a que los partidos políticos no son un fin en sí mismos.
Lo anterior no significa que el Tribunal deba obligar a los partidos a establecer modelos únicos para ejercer sus actividades, sino que los va a conminar a no violentar la democracia interna. Los partidos, por mandato legal, tienen que tener una comisión nacional de elecciones, pero la manera interna de organizarlas es libre. No pueden determinar que las decisiones que este órgano tome sean secretas porque vulneraría el principio de transparencia. Son libres de organizarse, pero deben respetar los principios mínimos de democracia.
Dichos principios pueden dar lugar tanto a interpretaciones amplias como estrictas. Por ejemplo, de un partido optar por seleccionar sus candidatos mediante encuestas, el cual, aunque está permitido por la ley, podría no ser valorado como el método más democrático y entrar en conflicto con el principio de democracia interna.
Esto puede generar tensión entre la autodeterminación del partido y la democracia interna. Hay que establecer diferencias entre una democracia real y la percepción de mayor democracia.
En relación al método de encuestas, si es participativo, transparente e igualitario, se considera democrático y no vulnera la democracia interna de los militantes de los partidos políticos. Es cierto que tiene debilidades, como la susceptibilidad a manipulaciones y el manejo hermético de resultados por parte de las cúpulas partidarias.
Es necesario verificar que, al ejercer el principio de autodeterminación, no se actúe de manera arbitraria vulnerando el principio democrático. Puede afirmarse que debe prevalecer la democracia interna porque los militantes y sus derechos son primordiales.
Aunque las encuestas son legales y están contempladas en la normativa, si la mayoría de un partido prefiere el método de elección por primarias en lugar de encuestas, debería respetarse la voluntad mayoritaria, incluso si contradice la decisión de la dirigencia partidaria en uso del principio de autodeterminación. En situaciones de conflicto como esta, debe primar la democracia interna.