Opinión

Del libre pensar

Del libre pensar

La Constitución de la República garantiza la libertad de conciencia y de cultos (artículo 40), de lo que se deriva que el Estado dominicano es laico, aunque la mayoría de su población profesa la religión católica, pero también se manifiestan libremente otras denominaciones religiosas.

Lo que consigna la Carta Magna referido a otros derechos fundamentales, como derecho a la vida, a la dignidad humana, a la igualdad, a la libertad y seguridad personal, al libre desarrollo de la personalidad, a la intimidad y al honor personal, así como a la libertad de tránsito, de asociación, de reunión y de expresión, deben formar parte del currículo escolar.

La ley 44-00, que consagra la lectura y enseñanza de la Biblia en las escuelas públicas, colisionaría con la Constitución, si se aplica con absoluta obligatoriedad, o sin garantizar el derecho de alumnos y familias a adherirse a las expresiones religiosas que consideren convenientes.

Algunos sectores creen que en una sociedad tan complicada como la de hoy, en la cual valores esenciales de la persona y de la familia sucumben ante nuevas formas de vida basadas en lo material o lo mercantil, leer o estudiar la Biblia en las aulas sería de provecho en el orden moral.

Uno de los valores fundamentales que sustentan a la sociedad y al Estado de Derecho es el cumplimiento de la Carta Sustantiva de la nación, que garantiza la convivencia social, así como los derechos individuales, colectivos y difusos.

Es por eso que se objeta que la lectura o enseñanza de la Bíblica en las escuelas públicas tenga carácter de obligatoriedad, aunque las aspiraciones deben ser que el mayor número de alumnos se interese por su contenido, porque la búsqueda de Dios y de sus preceptos debe ser voluntaria, no compulsiva.

Las iglesias católica y de otras denominaciones tienen el reto de ampliar sus rebaños a través de la promoción de la fe y del mensaje cristiano, que pueden y deben llegar al seno de la familia, pero la escuela ha de ser siempre templo de libres pensadores.

No se objeta que el texto bíblico forme parte del portafolio de enseñanza en la educación básica, pero los alumnos que a través de sus padres o tutores presenten objeciones, no pueden ser penalizados, porque reivindican el artículo 40 de la Constitución de la República sobre libertad de cultos.

El Nacional

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