La Dirección General de Aduanas tiene un plazo de cinco días a partir de la notificación de la sentencia íntegra para recurrir en revisión por ante el Tribunal Constitucional la decisión de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que ordenó a la Dirección General de Aduanas (DGA) abstenerse de cobrar impuestos aduaneros de mercancías importadas menores de US$200.
El plazo lo establece la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, número 137-11, para la revisión de una sentencia de amparo también incluye a las empresas intervinientes voluntarias.
“El plazo empieza a correr a partir de que la sentencia sea notificada íntegramente”, dijo Trajano Vidal Potentini.
El Tribunal Superior Administrativo acogió una acción de amparo preventivo interpuesto por la Fundación Justicia y Transparencia, la Alianza de Defensa de los Consumidores y Usuarios (Asodecu), la Cámara Dominicana de Comercio Electrónico, la Asociación Dominicana de Empresas Courier, Federal Express Dominicana, Grupo PYV, GPS, Jet Pack, Aeropaq, Pick N’ Send, Vimenca, Taíno Express Dominicano y otras.

